Por pluto
09/09/10, 16:18h
La tarjeta es obligatoria en transporte de servicio público a partir de 2000 kg. de MMA y en transporte privado complementario a partir de 3500 kg. de MMA. Suelen pedir la documentación del vehículo y los TC2 del conductor para comprobar que eres asalariado de la empresa a cuyo nombre estará el vehículo.
Que por ley no estes obligado a tener tarjeta de transporte, dependiendo de la MMA de tú vehículo no quiere decir que no seas transportista (es un transporte privado complementario). Un barco (vehículo que "anda" por el agua) será un barco tanto si está en el agua como si está en dique seco o en el pasillo del carrefour de expositor de latillas de sardinas.
Las sanciones por excesos de peso y tacógrafo van al propietario del vehículo, luego este, que se entienda con su operario. Ya hemos dicho el otro día que puede haber otras personas imputables.Todas estas sanciones las tramitan y recaudan las consejerias (o como se llaman en cada comunidad autónoma) de FOMENTO.
CUIDADO, en faltas muy graves de tacógrafos, la DGT también sanciona a los conductores, pero es una multa pequeña en comparacion a la multa de fomento.
Saludos a todos.
Por JLVZ
23/09/10, 23:11h
Esta mañana me ha detenido la Guardia Civil en la A4 cerca de Getafe, a mí y a unos cuantos más, para después llevarnos a una báscula en Perales del Río. ¡Menos mal que iba casi vacío!
Cuando el agente me devuelve los papeles y me dice que podía continuar, le hice la pregunta: ¿Si hubiera ido sobrecargado, quién paga la multa? La respuesta fue muy clara: el titular del vehículo.
Gracias a todos.
Por vipal
11/06/14, 23:09h