Por dica
07/09/12, 19:05h
Por dica
07/09/12, 19:06h
o sabe alguien como se redacta?
Por dica
07/09/12, 19:09h
Por dica
07/09/12, 19:14h
si el libro puede decir una cosa, pero en el código de comercio dice otra.
Por jano_123
07/09/12, 20:34h
veamos,la ley que regula actualmente el asunto es la ley de sociedades del capital,Rd 1/2010 de 2 julio,en la que,casualmente,en su disposicion derogatoria unica,se derrogan disposiciones que afectan a la sociedad comandataria de acciones,este punto nos lleva al art 3 de la citada ley,que nos dice que se estara a lo establecido para las sociedades anonimas.
El articulo 19,por otra parte,que habla de la constitucion de sociedades,en su punto 1,nos dice que se formaran por contrato entre dos o mas personas,las sociedades anonimas,que son,a lo que se estara a la hora de regular las comandatarias
Para terminar,el art 4 nos dice que el capital minimo en las sociedades anonimas no sera inferior a 60000 euros
Yo creo que toda esta informacion,bien ordenada y expuesta,puede ser un punto de arranque en caso de tener que impugnar,para lo cual,me imagino que habra que esperar a ver que decide la dgt y que corrector autorizado publican,no? Aqui teneis el link de la ley que he usado para debatir el tema http://quieroabogado.es/inicio/legislacion/itemlist/category/1370-ley-de-sociedades-de-capital/#articulo-1
Por dica
07/09/12, 23:18h
Pero ellos creo que no ponen corrector no?? directamente cuelgan las notas.
Por pacosub
08/09/12, 9:24h
Por jano_123
08/09/12, 12:39h
Por jano_123
08/09/12, 13:01h
A ver si alguien se toma la molestia de mirar esas leyes,echarles un vistazo y darse cuenta,de que a dia de hoy,lo que manda es lo que esta en el BOE.....
Por macario
08/09/12, 16:41h
pufffffffff, a mi me pasa lo mismo con esa pregunta, tambien tengo la respuesta de dos socios
es cierto, lo miras en el libro y sale que el minimo son 3 socios por eso al mirar esta pregunta ayer di por hecho que la habia fallado, pero ahora al ver el enlace que has colgado he visto lo de los 2 socios
con esta pregunta tengo 8 fallos!!
alguien sabe como hay que actuar? se puede reclamar antes de que la dgt de los resultados, o hay que esperar a que se pronuncien..............
y si se tiene que reclamar como hay que hacerlo?
un saludo!