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¿TASA DE ALCOHOL PARA PROFES?

¿TASA DE ALCOHOL PARA PROFES?

Por yo mismo

20/01/06

HOLA.

ALGUIEN PODRIA DECIRME CUAL ES LA TASA DE ALCOLEMIA MAXIMA PARA UN PROFESOR DE AUTOESCUELA?

Y SI LO SABEIS ME PODREIS DECIR DONDE LO HABEIS CONSULTADO.

GRACIAS Y UN SALUDO
#1-164203

Por JUAN CASTI

20/01/06

Cuando imparte enseñanza teórica, no está establecida la tasa de alcoholemia.
Si la enseñanza que imparte es práctica para el permiso de las clases "A o B" la tasa máxima es la que corresponde a dichos permisos, 0,25 mg. por litro de aire en los pulmones, ya que en ese momento él es el conductor del vehículo y en él recae toda la responsabilidad de la conducción.
Si lo que imparte es enseñanza práctica para permisos profesionales, incluída la autorización "B.T.P." la tasa máxima es la que corresponde a dichos permisos, 0,15 mg. por litro de aire.
Un saludo.
#2-164204

Por BARBO

20/01/06

Es la misma que para cualquier conductor de vehículos. Y está en el reglamento, te adjunto el párrafo. El profesor de autoescuela no está dentro del grupo del punto 2 que te pongo:

1.- El conductor de vehículos con tasas de alcohol en sangre superiores a 0,5 gramos por 1.000 centímetros cúbicos, o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro no podrá circular.
2.- Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3.500 kilogramos, o si se trata de vehículos destinados al transporte de viajeros de más de 9 plazas o de servicio público, al escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de vehículos de servicio de urgencia o transportes especiales, sus conductores no deberán conducir con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por 1.000 centímetros cúbicos, o 0,15 miligramos por litro de aire espirado.

Suerte.
#3-164205

Por JosMadrid1

10/11/17, 0:33h

Los vehículos de autoescuela son de servicio público ya que según establece el Anexo II: apartado D: servicio al que se destina el vehículo.

Los vehículos se clasifican con un código alfanumérico tres caracteres, indicativo de dicho servicio, del siguiente modo:

Carácter primero, constituido por una letra:

A Servicio público: el vehículo se adscribe a una actividad para cuyo ejercicio su titular necesita de autorización de la administración.

B Servicio particular: El vehículo se adscribe a una actividad privada de su titular

Carácter segundo y tercero, constituido por dos cifras

00 sin especificar: El vehículo no ejerce ninguno de los otros servicios relacionados a continuación

01 Alquiler sin conductor: vehículo destinado a ser arrendado sin conductor

02 Alquiler con conductor (autoturismo): vehículo destinado al transporte de personas y equipajes con conductor.

03 Aprendizaje de la conducción: vehículo destinado al ejercicio de la enseñanza de la conducción y la realización de pruebas de aptitud para la obtención de permisos y licencias de conductor.

Por lo tanto un profesor de formación vial durante la enseñanza práctica se encuentra en el grupo 2.
#4-939945
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