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Colocación de la l

Colocación de la l

Por Eltiti12345

01/05/10, 9:26h

Compañeros, hola a todos. Me ha surgido una duda porke mi compañero y yo no nos ponemos de acuerdo. Mi duda es la siguiente:

Si nosotros nos sacamos el permiso AM con 14 o 15 años le tendriamos ke colocar la L al ciclomotor?


Y si supuestamente le colocamos la L al ciclomotor.............cuando obtengamos el permiso B, como supuestamente llevamos mas de un año de antiguedad con un permiso.............ya no se la tendriamos que poner al coche, no?


Es ke hay muchas discrepancias ante este tema. Gracias a todos y esperemos ke este sector remonte porke todos los meses estan despidiendo a profesores, ke ademas son buenos en su trabajo.

#1-669008

Por gadita

01/05/10, 16:30h

hay que saber distinguir licencia de permiso. tu tienes una licencia para conducir ciclomotores, lo otro es un permiso de conduccion para conducir vehiculos. que dicho sea de paso un ciclomotor no es un vehiiculo
#2-669057

Por JUAN_CASTI

01/05/10, 18:28h

Oye gadita, dos cosas:

1.- Un ciclomotor sí es un vehículo.


2.- La licencia de conducción de ciclomotores (hasta 50 cm3) a partir del momento en que se aprueba el actual Reglamento general de Conductore, se convierte en el nuevo permiso de conducción de la clase AM. Hasta el 1 de septiembre de 2010 se podrá obtener con catorce años de edad en las mismas condiciones que la licencia de conducción. A partir de esa fecha, se exigirán quince años cumplidos y superar una prueba específica de conocimientos, y otra práctica en circuito cerrado.licencia de conducir ciclomotores.


Un saludo Risa

#3-669065

Por gadita

01/05/10, 20:19h

queria decir que no es un vehiculo de motor y es verdad, me he quedado anticuado con el nuevo reglamento.

bien dicho! y lo siento ;)

#4-669079

Por alga

01/05/10, 21:20h

La cuestion ahora es que con el cambio de reglamentacion,pasa de licencia a permiso  de conduccion, entonces aplicamos que cuando se obtiene por primera vez un permiso de conducir hay que llevar L un año o no'''? Y en cuanto ala tasa de alcoholemia, como permiso de conduccion, valdra ahora la antiguedad para determinar que tasa de alcoholemia tendra que respetar al obtener un permiso de conducir A o B? saludos.
#5-669083

Por Locomotora

03/05/10, 11:43h

Como habéis apuntado, al pasar de licencia a permiso, se obtienen los derechos y obligaciones que conllevan estos últimos. Esto es, obligación de llevar la L durante un año y no superar la tasa de alcohol correspondiente durante dos años, y, por supuesto, el derecho a que se compute la antigüedad para los posteriores permisos que obtengamos. 

Como en estos momentos estoy más metido en la parte de las clases teóricas, y por ende en el mundillo de las preguntas de examen, quisiera aprovechar para preguntar algo sobre la L: ¿Es cierto que están vovlviendo a preguntar por las medidas de la placa de la L?


Recuerdo que en los manuales de ediciones anteriores aparecía el dato (195 x 150mm) y lo preguntaban, no sé con que objetivo, tal vez por si la querías fabricar tú mismo. El caso es que hace ya un tiempo que este dato desapareció de los manuales y (cría yo) de los examenes. En fin, con la cosas que hay para preguntar... Ya me diréis.


Gracias y saludos.

#6-669266

Por xaverius

03/05/10, 11:45h

Lo de la "L" es muy fácil, se pone el primer año del primer permiso (si se obtiene el AM con 15 años, cuando obtenga el B a los 18 no hará falta poner la "L")

 


Lo del alcohol es un poco más difícil de entender (por mi experiencia, aún muchos profesores no saben como funciona) Intento explicarlo:


- Si me saco mi permiso AM con 15 años (durante los dos primeros años de conducción de ciclomotor tendré una tasa de alcohol de 0'15 mg/l en aire)


- Al pasar los dos años, es decir con 17 años mi tasa de alcohol será 0'25 mg/l en aire.


- Al obtener el permiso B, a los 18 años, mi tasa de alcohol (en los vehículos que autoriza el permiso B) será de 0'15 mg/l en aire y para ciclomotores será de 0'25 mg/l (puesto que ya hace más de dos años que obtuvo ese permiso)


 


Para resumir: la tasa de 0'15mg/l se aplica en los dos primeros años de cada permiso. Es totalmente lógico, porqué yo puedo ser un experto conductor de coches durante 20 años, pero al subirme una moto no tener ni idea.

#7-669267

Por Locomotora

03/05/10, 12:24h

No estoy de acuerdo contigo, xaverius.

Has dicho: "la tasa de 0'15mg/l se aplica en los dos primeros años de cada permiso. Es totalmente lógico, porqué yo puedo ser un experto conductor de coches durante 20 años, pero al subirme una moto no tener ni idea."


Con la misma la lógica yo podría decir que como somos inexpertos con la moto habría que llevar la L.


El art. 20 del RGC dice:


Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir.


A estos efectos, sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.


Creo que deja claro que A estos efectos (para las licencias) sólo es válida la antigüedad si se siguen conduciendo los  mismos vehículos que autoriza.


En cambio, yo doy por hecho que esto no es así cuando se trate de permisos.


Un saludo.


#8-669279

Por roucco

03/05/10, 13:01h

PARA XAVIERIUS:

Escribo literalmente tus palabras:


"Si me saco mi permiso AM con 15 años (durante los dos primeros años de conducción de ciclomotor tendré una tasa de alcohol de 0'15 mg/l en aire)


- Al pasar los dos años, es decir con 17 años mi tasa de alcohol será 0'25 mg/l en aire.


----HASTA AQUÍ ESTOY DE ACUERDO


De lo que no estoy de acuerdo es de lo siguiente:


"Al obtener el permiso B, a los 18 años, mi tasa de alcohol (en los vehículos que autoriza el permiso B) será de 0'15 mg/l en aire y para ciclomotores será de 0'25 mg/l (puesto que ya hace más de dos años que obtuvo ese permiso)"


Digo que no estoy de acuerdo porque el reglamento de conductores dice que  la tasa de  0,15, miligramo aire, se aplica durante 2 años ,  a los conductores que han obtenido por primera vez un permiso de conducir.


Si a los 15  se obtuvo el permiso  AM , transcurridos 2 años  o más ,la tasa a aplicar será de 0,25 miligramos/aire,   que en el caso de obtener el B así debe ser,salvo las excepciones de permisos profesionales.


Yo siempre  he entendido que de permiso a permiso si computa la antiguedad de alcoholemia, pero no de licencia a permiso, y como el   AM es un permiso , cuando se obtenga el B  pasados los dos años de obtencion del mismo la tasa será la de 0,25miligramos.


sacadme de la duda,gracias.


 

#9-669299

Por roucco

03/05/10, 13:06h

RECTIFICO:

Cita de xaverius, Hoy 11:45Lo de la "L" es muy fácil, se pone el primer año del primer permiso (si se obtiene el AM con 15 años, cuando obtenga el B a los 18 no hará falta poner la "L")

 




Lo del alcohol es un poco más difícil de entender (por mi experiencia, aún muchos profesores no saben como funciona) Intento explicarlo:




- Si me saco mi permiso AM con 15 años (durante los dos primeros años de conducción de ciclomotor tendré una tasa de alcohol de 0'15 mg/l en aire)




- Al pasar los dos años, es decir con 17 años mi tasa de alcohol será 0'25 mg/l en aire.




- Al obtener el permiso B, a los 18 años, mi tasa de alcohol (en los vehículos que autoriza el permiso B) será de 0'15 mg/l en aire y para ciclomotores será de 0'25 mg/l (puesto que ya hace más de dos años que obtuvo ese permiso)




 




Para resumir: la tasa de 0'15mg/l se aplica en los dos primeros años de cada permiso. Es totalmente lógico, porqué yo puedo ser un experto conductor de coches durante 20 años, pero al subirme una moto no tener ni idea.



PARA XAVIERIUS:

Escribo literalmente tus palabras:




"Si me saco mi permiso AM con 15 años (durante los dos primeros años de conducción de ciclomotor tendré una tasa de alcohol de 0'15 mg/l en aire)




- Al pasar los dos años, es decir con 17 años mi tasa de alcohol será 0'25 mg/l en aire.




----HASTA AQUÍ ESTOY DE ACUERDO




De lo que no estoy de acuerdo es de lo siguiente:




"Al obtener el permiso B, a los 18 años, mi tasa de alcohol (en los vehículos que autoriza el permiso B) será de 0'15 mg/l en aire y para ciclomotores será de 0'25 mg/l (puesto que ya hace más de dos años que obtuvo ese permiso)"




Digo que no estoy de acuerdo porque el reglamento de conductores dice que la tasa de 0,15, miligramo aire, se aplica durante 2 años , a los conductores que han obtenido por primera vez un permiso de conducir.




Si a los 15 se obtuvo el permiso AM , transcurridos 2 años o más ,la tasa a aplicar será de 0,25 miligramos/aire, que en el caso de obtener el B así debe ser,salvo las excepciones de permisos profesionales.




Yo siempre he entendido que de permiso a permiso si computa la antiguedad de alcoholemia, pero no de licencia a permiso, y como el AM es un permiso , cuando se obtenga el B pasados los dos años de obtencion del permiso AM la tasa será la de 0,25miligramos.




sacadme de la duda,gracias.




 


#10-669303
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