Por JLVZ
28/08/10, 18:59h
Yo trabajo como repartidor en una empresa del sector del metal, aunque en mi contrato no pone nada referente a ello. Es decir, oficialmente no soy transportista, ni chófer, ni nada por el estilo.
El camión que yo llevo (propiedad de la empresa) tiene una MMA de 3500 kg. Pues bien, a menudo mi encargado me lo sobrecarga; aunque no tenemos báscula, se ve claramente que supero esa cifra. Él me dice que desde fuera no se nota, y quizá sea cierto.
Y ahora viene mi pregunta: si un día la Guardia Civil me detiene para pesarme, y supero los 3500 kg... ¿Quién paga la multa? ¿El dueño del camión, en este caso mi jefe? ¿O yo, como conductor? ¿Yo podría alegar que el camión no es mío, que no dispongo de báscula para saber si va sobrecargado?
Por favor, os pido rigor en vuestras respuestas... No me contestéis si no lo sabéis de verdad. Gracias.
Por alga
28/08/10, 19:46h
Por alvarillo100
28/08/10, 21:04h
Saludos.
Por pluto
04/09/10, 21:42h
Artículo 197, apartado 19: La responsabilidad por dicha infracción, cuando se exceda la masa máxima total autorizada de los vehículos, corresponderá tanto al transportista como al cargador, al expedidor y al intermediario salvo que alguno de ellos justifique respecto a sí mismo la existencia de causas de inimputabilidad.
Las sanciones se recogen en el artículo 201 y varían de 2500 a 6000 euros según el % de exceso.
EL CONDUCTOR NO TIENE NINGUNA RESPONSABILIDAD, en este sentido.
LA MULTA, EN ESTE CASO, LA PAGARÍA TU JEFE.
Aunque la carga no se vea, las ruedas van abolladas, humea mas de la cuenta, al salir o cambiar de marcha le cuesta, la cara de circunstancia del conductor porque sabe que no va legal, etc
Por alga
05/09/10, 13:56h
Por pluto
05/09/10, 17:29h
Todo esto hablo con conocimiento de causa y rigor, como exigía JLVZ.
Un saludo.
Por alga
05/09/10, 18:25h
Por alga
05/09/10, 19:02h
Por alga
05/09/10, 23:48h
Por JLVZ
08/09/10, 22:58h