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Remolque

Remolque

Por perroflauta

28/10/11, 12:47h

¿Puede una motocicleta llevar remolque?
#1-809859

Por lusinda

28/10/11, 13:16h

si,y tambien puede llevar una pegatina de hello kitti.por dios!! ke preguntas..
#2-809869

Por perroflauta

28/10/11, 13:24h

Voy a contestarte por pena, mejor aún, voy a guiarte por el camino de la sabiduría tí@ pelma, mírate el Reglamento General de Vehículos.
#3-809875

Por FEJOVAL

28/10/11, 15:03h

Obviando a quien ni merece la pena....si que puede llevar remolque o semirremolque
#4-809894

Por Angel84

28/10/11, 15:27h

Como norma general no, el RGV, dice que no..., pero ya sabemos la excepcion.
#5-809896

Por FEJOVAL

28/10/11, 15:44h

el Real Decreto 2822/1998, de 23 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, si no del artículo 22.6 de dicho RD,  modificado parcialmente por la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre,

 


   

CAPÍTULO II


 


Ciclos, vehículos de tracción animal y tranvías


 


Artículo 22. Ciclos y bicicletas


 


6. Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.


               

Real Decreto 1428/2003, de 21 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo de 1990


         

Artículo 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas.


4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por 100 de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:


a) Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.


b) Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por 100 respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.


c) Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.


En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes          


Disposición derogatoria única. Derogación normativa.



Quedan derogados el Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como el artículo 108 y el anexo 2 del Código de la Circulación, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto.


                Por tanto y como conclusión final indicar, que en base a la disposición anteriormente mencionada quedaría claro que el artículo 12 del Reglamento General de Circulación sería el que habría que APLICAR, por tanto los ciclos y bicicletas SI podrán arrastrar un remolque o semirremolque siempre y cuando se cumplan los requisitos establecido en dicho artículo 12.4.

#6-809902

Por perroflauta

29/10/11, 9:04h

Este es el tipo de pregunta que me gustaría ver por el Foro, a ver, mi humilde opinión, si me preguntan directamente si puede o no llevar remolque ó semiremolque yo contestaré que no, atendiendo al RGV, si me preguntan a qué velocidad pueden circular, contestaré según el RGCirculación. ¿qué os parece? Así no tendremos problemas con A motor, De motor etc.
#7-809966

Por estratos

29/10/11, 12:06h

 No te gustan las preguntas que ponen tus compañeros?

creo que segun ha explicado Fejo...este punto esta derogado......6. Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.


a la pregunta de si una moto puede llevar remolque.....la respuesta diria que es la de si......si cumplen unas determinadas condiciones que todos ya sabemos


 

#8-809984

Por perroflauta

29/10/11, 12:27h

Por supuesto que me gustan, y además me aprovecho de ellas para ampliar materia, no confundas términos, y por supuesto que veo los artículos derogados, mis preguntas van encaminadas a dudas, a cosas que se me vayan quedando en el aire, para mirar test y correctores ya lo hago por otro sitio. En este foro yo no quiero guiarme por el nivel de otra gente, sino por el mío, así que no busco comparaciones. Un saludo.
#9-809985

Por FEJOVAL

29/10/11, 22:14h

mas arriba lo tienes muy bien detallado,un saludo

P.D:Es un SI como la copa de un pino

#10-810048
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