Por burgosg3
15/11/13, 17:38h
Esto si ahora lo tenemos claro, entonces lo de 6 meses y un año las siguentes veces lo ultimo es falso almenos, no coincide con la realidad.
Por burgosg3
15/11/13, 19:47h
Cuando se trate de incumplimientos a las normas reguladoras de la enseñanza de
los conocimientos y técnicas necesarios para la conducción, además de la multa y
suspensión o cancelación de la autorización que proceda imponer, se acordará la
prohibición de obtener al titular de la misma otra nueva autorización por el tiempo de
la suspensión impuesta. La cancelación de la autorización correspondiente llevará
consigo para el titular de la misma la prohibición de obtener otra nueva durante un
año.
La realización de actividades correspondientes a las distintas autorizaciones durante
el tiempo de suspensión de las mismas llevará aparejada una nueva suspensión por
un año al cometerse el primer quebrantamiento, y la revocación de la autorización si
se produjere un segundo quebrantamiento (apartado 4º del art. 67 LSV).
Esto lo pone textual hoy en la dgt, sino esta actualizado y son 6 meses, es completamente impugnable, se refiere a autoescuelas, la lsv en el articulo 67 apartado 4º habla de los extranjeros, se puede ver. TIENE SENTIDO QUE PUEDAN SER 6 MESES, PERO SI VA ARGUMENTADO POR ESTA LEY QUE DICE QUE EL SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, ETC QUEBRANTAMIENTO TENDRA LASUSPENSION DE UN AÑO SUCESIVAMENTE ESTO ES FALSO, si trafico te pilla ya la segunda vez con la autoescuela abierta siendo ilegal, te revoca la autorizacion de apertura. no te va dando plazos de año en año.
Me gustaria que opinaseis y arrojemos luz.