Por popo82
18/09/14, 18:20h
los agentes de la autoridad podran inmovilizar el turismo en el que viajas si:
a)no posee en el vehiculo el ultimo recibo del seguro obligatorio.
b)el vehiculo presenta deficiencias,aunque dichas deficiendias no son especialmente graves para la seguridad de la circulación.
c)el vehiculo no lleva sistema de retención cuando su uso es obligatorio.
Por bokeron7
18/09/14, 18:28h
Por psbd
18/09/14, 19:11h
Por jogrero
18/09/14, 20:15h
Por psbd
19/09/14, 11:49h
A veces los alumnos piensan mas de lo que pone en la pregunta.. a mi modo de verlo
Por jogrero
19/09/14, 19:29h
1. Se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:”
“El conductor o el pasajero no hagan uso del casco de protección o de los dispositivos de retención infantil, en los casos que fuera obligatorio. Esta medida no se aplicará a los ciclistas.”