Por novata3
21/09/14, 12:42h
a) Sí, porque se trata de una vía reservada a vehículos de dos ruedas con motor.
b) No, porque se trata de una vía reservada exclusivamente a los ciclomotores.
c) Sí, si se trata de una motocicleta sin sidecar.
LA RESPUESTA ES LA B, y no lo entiendo, ya que en la vía reservada para automóviles que es la misma señal pero con un coche ESTÁN OBLIGADOS LOS TURISMOS pero puede circular cualquier vehículo. ¿Aquí no debería ser lo mismo? No sé si me he explicado, espero que alguien pueda resolverme la duda.
GRACIAS!
Por mayleen
21/09/14, 17:30h
Saludos!
Por jogrero
21/09/14, 23:27h
R-407 b
VÍA RESERVADA A CICLOMOTORES
Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla
Como verás en la misma definición excluye al resto de los usuarios
Por novata3
22/09/14, 10:30h
R-405. Calzada para motocicletas de dos ruedas sin sidecar.
Obligación para los conductores de motocicletas de dos ruedas sin sidecar de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.
R-406. Calzada para camiones.
Obligación para los conductores de toda clase de camiones, independientemente de su peso, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehículo, ya en otra placa suplementaria, significa que la obligación sólo se aplica cuando el peso máximo autorizado del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra.
R-408. Camino para vehículos de tracción animal.
Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.
Al igual que en calzada para vehículos que transporten mercancías peligrosas, inflamables y contaminantes. ¿Entonces en estos casos podría pasar cualquier vehículo?
Por mayleen
22/09/14, 11:17h
Saludos!
Por jogrero
22/09/14, 18:50h