Por hcmon
01/02/17, 23:58h
Así que para más inri, seguí indagando y encontré esto:
http://www.policias-cop.es/media/kunena/attachments/115/EscritoDGTvehiculosmov.reducida.pdf
Así que por lo menos me sacó de dudas y me confirmó lo que ya sabía; que no llevan matrícula, pese a esas fotos de ciertos manuales q me hicieron dudar...
Pero, si te lo has leído, supongo que habrás visto que el conductor
de dicho vehículo no se considera como tal, sinó que es PEATON, si la persona tiene discapacidad, y entiendo yo que CONDUCTOR, si no la tiene... (v personas movilidad reducida es lo mismo que silla de ruedas con motor y por ello es peatón???) Es así? Qué opinais según el redactado?
Además, y para postre, no se requiere autorización administrativa...😳 Y la LCM qué utilidad tiene entonces???
Por no nombrar también, que se da a entender que si eres una persona de movilidad reducida lo puedes utilizar por las vías públicas y si no, sólo por espacios reservados.. Es así? O soy yo que lo he interpretado mal?
No es por buscar las 5 patas al gato, pero me gustaría saber la opinión de algún profesional más en el tema, ya que estaría agradecida de ver otro punto de vista.
Muchas gracias y un saludo!