Por chean
17/03/17, 12:53h
Por ivn
17/03/17, 14:21h
Los transportes por su naturaleza se clasifican en privado y publico
Los transportes en razon de su objetivo y regimen jurido se clasifican en : Ordinarios y especiales,
Los considerados especiales son: Perecederos en transporte refrigerado, mercancias peligrosas, el de personas enfermas y el funerario
El funerario por su naturaleza seria privado + por su objetivo y regimen juridico esspecial
El de mercancias peligrosas seria publico+ especial.
espero haberme explicado bien, la respuesta del test, es correcta
Por chean
20/03/17, 13:03h
Hola, ivn
Agradezco mucho tu comentario. Te explico: la norma es bastante clara, la copio a continuación (la negrita y el subrayado son míos):
quote
TRANSPORTES TERRESTRES. Aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación
de Transportes Terrestres.
Real Decreto 1211/1990, de 28 de Septiembre. Consolidado a 06/08/2010.
MINISTERIO TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES
BOE 8 octubre 1990, núm. 241, [pág. 29406]
(Art. 139) El transporte funerario pasa a ser conceptuado como transporte privado complementario de las Empresas de pompas fúnebres, debiendo, por tanto, ser realizado en todo caso por éstas junto con el resto de los servicios que prestan. Se garantiza que dicho transporte pueda finalizar en cualquier lugar del territorio nacional.
unquote
(Esta cita es de la LOTT. La primera que puse la saqué del ROTT, pero ambos dicen lo mismo, no hay contradicción entre ellos, a no ser que exista reforma posterior que desconozco).
Sin embargo, y dicho todo lo anterior, resulta que en la práctica sí es tte. especial. Acabo de hablar con una empresa funeraria de mi pueblo (Nereo Hnos, Laredo) y me confirman que la licencia que ellos tienen es de tte. especial. Y, al mismo tiempo, me dicen que tanto en Fomento como en muchos sistemas (AEOL, e.g.) hay muchos errores, porque ellos también se dedican a los cursos (antes BTP, ahora CAP...) y conocen el sistema. Desde un punto de vista lógico, el tte. funerario no puede ser un complementario normal (e.g. la furgoneta que recoge a los turistas en el aeropuerto para llevarles al hotel). Un coche fúnebre debe cumplir unas normas de temperatura, etc. que no se piden para el complementario.
De modo que la cuestión ahora es: ¿qué responder cuando veamos esta pregunta? ¿Lo "correcto" o lo que pone en la LOTT y el ROTT? Los de Laredo me aconsejan que ponga lo que dice Fomento, puesto que, a la postre, ellos son los que van a corregir el exámen, y van a utilizar su criterio. Bastante surrealista, en mi opinión, pero así es.
En cualquier caso, agradezco tu comentario, y que Dios nos pille confesados.
Saludos
Chean
Por miguel4896
05/08/21, 19:03h