Manual B de la DGT

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Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo

Tema 10 Documentos, mandos y reglajes del vehículo

Para ejercer el derecho a circular conduciendo vehículos de motor, vehículos para personas de movilidad reducida o ciclomotores, el Estado exige el permiso o la licencia de conducción, autorización administrativa que se otorga a quienes, previas las correspondientes pruebas, han demostrado reunir los requisitos y aptitudes necesarios para conducir.

Se procederá a la interrupción y suspensión de las pruebas de control de conocimientos y de control de aptitudes y comportamientos, y la declaración de no apto en la convocatoria de que se trate, de los aspirantes que perturben el orden en cualquiera de ellas o cometan o intenten cometer fraude en su realización

1. Permisos de conducción y licencias

Clases de permisos

Permiso AM

Edad mínima: 15 años

  • Ciclomotores de dos o tres ruedas
  • Cuadriciclos ligeros
  • Ciclos de motor

Puede estar limitado a la conducción de ciclomotores de 3 ruedas y cuadriciclos ligeros.

Permiso A1

Edad mínima: 16 años

  • Motocicletas (incluido sidecar) con una cilindrada máxima de 125 cm³ y potencia máxima de 11 kW (algo menos de 15 cv) y relación potencia/peso máxima 0’1Kw/kg.
  • Triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15Kw.
  • Ciclomotores de 2 y 3 ruedas, ciclos de motor.
  • Cuadriciclos ligeros y vehículos de personas de movilidad reducida.

Permiso A2

Edad mínima: 18 años

  • Motocicletas (incluida sidecar) con una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv) y una relación potencia/peso máxima de 0’2Kw/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
  • Vehículos que autorizan a conducir la licencia LCM y los permisos AM y A1.

Permiso A

Edad mínima: 20 años

  • Motocicletas (incluida sidecar) y triciclos de motor.
  • Triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15kw(para conducirlos será necesario tener 21 años).
  • Vehículos que autorizan a conducir la licencia LCM y los permisos AM,A1 y A2.

Podrán obtenerlo las personas titulares del permiso A2 con al menos 2 años de antigüedad y que superen una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior. (Curso teórico y práctico).

En las pruebas de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado y en circulación en vías abiertas al tráfico en general los examinadores podrán verificar en cualquier momento que el aspirante dispone del equipo de protección adecuado que, en su caso proceda.

Concretamente para los permisos de las categorías AM, A1 y A2 este equipo estará compuesto por: casco homologado; guantes; chaqueta y pantalones concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta, provistos de las correspondientes protecciones, al menos en espalda, hombros y codos para las chaquetas y rodillas en el caso de los pantalones; así como botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo. Podrá verificar también que el aspirante lleva las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas.

Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo