Manual B de la DGT

Índice de temas

Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo

2. Vigencia de los permisos de conducción

Los permisos de las clases B, B+E, A1, A2, A y AM tendrán un tiempo de vigencia de 10 años hasta que su titular cumpla los 65 años de edad. A partir de esta edad la vigencia será de 5 años.

Para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E, el tiempo de vigencia será de 5 años hasta que su titular cumpla los 65 años de edad. A partir de esta edad la vigencia será de 3 años.

La vigencia de los permisos y licencias de conducción será prorrogable por los períodos anteriormente indicados, previa solicitud del titular y una vez haya acreditado que mantiene las aptitudes psicofísicas exigidas y no haber perdido la asignación total de puntos.

El permiso o licencia de conducción cuya vigencia haya caducado no autoriza a su titular a conducir.

3. Limitaciones de utilización para los noveles

Conductor novel es el que ha obtenido por primera vez un permiso de conducción, siempre que no haya transcurrido un año desde su expedición.

Deberán advertir su presencia con una placa rectangular en la que, sobre fondo verde, se destaque la letra L en color blanco.

Esta placa deberá estar colocada en la parte posterior izquierda del vehículo, en sitio visible. Por excepción, en las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas, será suficiente que la señal vaya colocada en sitio visible de la parte posterior.

Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo