Los permisos de las clases B, B+E, A1, A2, A y AM tendrán un tiempo de vigencia de 10 a?os hasta que su titular cumpla los 65 a?os de edad. A partir de esta edad la vigencia será de 5 a?os.
Para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E y BTP, el tiempo de vigencia será de 5 a?os hasta que su titular cumpla los 65 a?os de edad. A partir de esta edad la vigencia será de 3 a?os.
La vigencia de los permisos y licencias de conducción será prorrogable por los períodos anteriormente indicados, previa solicitud del titular y una vez haya acreditado que mantiene las aptitudes psicofísicas exigidas.
El permiso o licencia de conducción cuya vigencia haya caducado no autoriza a su titular a conducir.
Conductor novel es el que ha obtenido por primera vez un permiso de conducción, siempre que no haya transcurrido un a?o desde su expedición.
Deberán advertir su presencia con una placa rectangular en la que, sobre fondo verde, se destaque la letra L en color blanco.
Esta placa deberá estar colocada en la parte posterior izquierda del vehículo, en sitio visible. Por excepción, en las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas, será suficiente que la se?al vaya colocada en sitio visible de la parte posterior.