Manual B de la DGT

Índice de temas

Tema 2. Pesos, dimensiones, transporte de personas

3. Limitación de dimensiones en los vehículos

Como norma general, la anchura máxima autorizada para los vehículos, incluida la carga, es de 2,55 metros, excepto para los vehículos acondicionados, como por ejemplo los vehículos frigoríficos, caloríficos o autobuses de presos, que es de 2,60 metros.

La altura máxima incluida la carga, como norma general, es de 4 metros. Excepto autobuses urbanos que es de 4,20 metros y camiones para el transporte de vehículos, para el transporte de algunos tipos de contenedores o vehículos grúa, 4,50 metros.

La longitud máxima autorizada para los vehículos, incluida la carga, es:

Vehículos de motor, excepto autobuses 12 m
Remolques 12 m
Vehículos articulados, excepto autobuses 16,50 m
Trenes de carretera 18,75 m

Los vehículos y conjuntos de vehículos cuya longitud rebase los 12 metros estarán obligados a llevar, en su parte posterior y centrada con respecto al eje del vehículo, una placa de 1.300 milímetros de longitud y 250 milímetros de altura con el fondo de color amarillo reflectante y borde rojo fluorescente de 40 milímetros.

Esta placa podrá ser sustituida por dos de características análogas y de 500 milímetros de longitud. Se colocarán de forma simétrica y tan cerca como sea posible de los bordes del vehículo.

4. Limitación de peso

El peso en carga del vehículo no deberá rebasar en ningún caso el peso máximo autorizado para el mismo, para sus ejes o para la vía por la que circula, tanto si está destinado al transporte de mercancías como al de personas.

Tema 2. Pesos, dimensiones, transporte de personas