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Tema 5. Velocidad.

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7. Velocidades prevalentes

Sobre las velocidades genéricas para cada tipo de vía, prevalecerán las velocidades que se fijen:

  • A través de las correspondientes se?ales.
  • A determinados conductores en razón a sus circunstancias personales.
  • A determinados vehículos o conjuntos de vehículos por sus especiales características o por la naturaleza de su carga.

Se?ales que establecen velocidades

Velocidad máxima: Indica la prohibición de circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la indicada en la se?al.

Las se?ales de velocidad máxima pueden ser verticales, verticales luminosas o marcas viales.

A

Si la se?al es vertical, obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima se?al de fin de limitación de velocidad, de fin de prohibiciones u otra de velocidad máxima.

  • Cuando esté colocada en el mismo poste que una se?al de advertencia de peligro, la prohibición finaliza cuando termine el peligro se?alado. (A)
  • Cuando esté situada en una vía sin prioridad de paso, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad.
  • B

    Cuando la se?al esté pintada sobre el pavimento, en un carril delimitado por líneas longitudinales, la prohibición se refiere exclusivamente a los vehículos que circulen por dicho carril. (B)

Si el límite indicado por la se?al coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.

Fin de la limitación de velocidad: Se?ala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior se?al de velocidad máxima.

Fin de prohibiciones: Se?ala el lugar desde el que todas las prohibiciones de carácter local, indicadas por anteriores se?ales de prohibición para los vehículos en movimiento, dejan de tener aplicación.

Velocidad mínima: Obliga a los conductores de vehículos a circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilómetros por hora, que figure en la se?al, desde el lugar en que esté situada hasta otra de velocidad mínima diferente o de fin de velocidad mínima o de velocidad máxima de valor igual o inferior.

Fin de velocidad mínima: Se?ala el lugar desde donde deja de ser obligatoria una anterior se?al de velocidad mínima.

Velocidad máxima aconsejada: Recomienda una velocidad aproximada de circulación en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando esté colocada bajo una se?al de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.

Fin de velocidad máxima aconsejada: Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilómetros por hora indicada en la se?al. 

Intervalo aconsejado de velocidades: Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean buenas.

Fin de intervalo aconsejado de velocidades: Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior se?al de intervalo aconsejado de velocidades.

Tema 5. Velocidad.
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