Manual B de la DGT

Índice de temas

Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo

4.1 Cuándo y cuántos puntos perdemos

Pérdida de 2 a 6 puntos por exceso de velocidad, dependiendo de los límites establecidos.

Pérdida de 3 puntos:

  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en el apartado de pérdida de 6 puntos (hacer uso del móvil en la mano mientras se conduce)
  • Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Pérdida de 4 puntos:

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).
  • Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.
  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

    Pérdida de 6 puntos:

    • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l).
    • Conducir con presencia de drogas en el organismo.
    • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
    • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
    • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
    • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
    • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad.
    • Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
    • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
    • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

Tema 10. Documentos, mandos y reglaje del vehículo