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DUDA PARA SABIOS, M-30 DE MADRID
Es algo que me come la curiosidad, salvo respuesta más precisa. Todos sabemos –sobre todo los madrileños- que la M30 nace en 1974 como una autopista de circunvalación y por tanto tuvo esa consideración a efectos de la circulación y velocidades hace más de 20 años. Pero, el crecimiento continuo de Madrid y por ende, las numerosas entradas y salidas que en esta vía al paso de los años se han hecho, han dejado entre comillas el que la M30 sea ya una vía rápida, de ahí que hoy el Ayuntamiento la considere como calle 30. Hasta aquí todos sabemos las historia, pero lo que yo me pregunto y con la normativa actual:
Si la M30 dejó de ser considerada Autopista o Autovía, y que a mí juicio tampoco creo que se la pueda considerar carretera convencional o travesía, sólo me queda pensar que la M30 es una Autopista o Autovía Urbana..
Si eso es así el Ayuntamiento de Madrid tiene fijada, como sabéis, la velocidad máxima genérica en 90 Km/h, cuando la normativa de circulación para este tipo de vías las fija en 80 como máximo...
...entonces cabría decir que ¿el Ayuntamiento de Madrid esta incumpliendo una norma de circulación vial?
SI o NO... un dilema.
#1-287603
cgr tiene razon, las autopistas y autovias que pasen por poblado, ademàs de las travesias se pueden bajar las velocidades y tambien subir, siempre y cuando no sobrepasen las genèricas de la via.Hay que estudiar màs.
#2-287604
q razon tienes orozco
#3-287605
Hola, yo también soy de Madrid. Te diré:
La M-30 se considera autopista urbana, y si, la velocidad máxima para este tipo de vias es de 80 km/h, pero resulta que esa velocidad específica la pueden variar, o bien para arriba (tramos de 90 km/h) o bien variarla por debajo de 80 (según tramos).
#4-287606
en barcelona pasaba algo similar con las autopistas que entraban a barcelona (y que pasan por los poblados que hay pegando). yo me hacía la misma pregunta, todas estaban a 90km, aunque recientemente la bajaron a 80km/h, pero según digeron, es para reducir la contaminación y los accidentes.
#5-287607
Yo estoy de acuerdo con ZUZAN, una cosa el la velocidad que por norma se establece para este tipo de vía y otra es la especifica que en cada caso se imponga, que ademas puede ser la que el titular de la vía establezca, por ejemplo en mi pueblo hay una travesia con limite maximo de 60 Km/h y no de 50 como establece la norma, en definitiva hacen lo que les sale del arco del triunfo.
#6-287608
Estupenda lucidez a todos, entonces si todo esto funciona así, es decir que dependiendo de quién sea el dueño o gestor de una determinada vía, podría aplicarse esto al titular de una autopista para subir las velocidades máximas de 120 a 140??? la verdad no se por dónde anda la objetividad ni sentido de muchas de las velocidades máximas ni mínimas. Saludos y Gracias
#7-287609
Pues no es así exactamente, por que lo que dice el reglamento con exactitud es que en travesias y autopista o autovía dentro de poblado podran ser ampliados los limites de velocidad empleando la correspondiente señalización sin rebasar en ningún caso los limites genericos establecidos para las carreteras fuera de poblado.
Espero habértelo aclarado.
Saludos
#8-287610
Mi centro de trabajo esta en un punto un poco dificil y ademas tengo un par de dudas en dos puntos criticos para mi ya que me supone dar un rodeo de varios kilómetros por tener la M30 restringida para vehiculos pesados.
Yo voy conduciendo dicho vehiculo por la A5 en direccion hacia la A6 hay tengo un tramo que tengo un tunel que esta prohibido para camiones de mas de 7'5 T pero dice que es para la M30 pero yo lo que voy a hacer es ir direccion A6 ¿podria continuar?
La unica alternativa que tengo es darme la vuelta dirección Badajoz pero tambien esta prohibido por que al ser zona urbana de Madrid y restringido a 7'5T ¿que tendría que hacer? No veo alternativa razonable si me encuentro trabajando por la zona y tengo que ir a mi centro de trabajo que desde hay solo tengo 9 kilómetros y dando un rodeo me como unos 24.
#9-950618
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