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Estacionar la moto en la acera

Estacionar la moto en la acera

Por jonico61

16/09/10, 16:54h

Hola,

¿No se puede estacionar la moto en la acera?


16-Si no encuentra lugar para estacionar su motocicleta y la inmoviliza en la acera, tal y como se observa en la fotografía. ¿Es correcto este comportamiento?


    a)Sí, porque no hay otro lugar.


b)No, porque está prohibido estacionar en la acera.


    c)Sí, es correcto, porque no se entorpece la libre circulación de los peatones sobre la acera.



 


 En Madrid no está prohibido del todo:



  • Motocicletas, ciclomotores y bicicletas.

    Estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto y si no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de 1,30 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el pso de la acera a la calzada.

    Cuando no sea posible lo anterior, no estuviera prohibico o existiera reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho en las siguientes condiciones:

    - Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, a una distancia mínima de 0,50 m. cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 3 m. e inferior a 6.

    - A más de 2 m. de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.

    - Entre los alcorques, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje de los vehículos no se realice en los árboles y otros elementos vegetales.

    - En semibatería cuando la achura de las aceras, andenes o paseos sea superior a 6 m.

    - El acceso a las aceras, andenes y paseos se realizará con diligencia.

    - Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.

    - Los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.

  • Fundamento legal

    Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid (art. 62). Acuerdo Pleno de 26 septiembre 2005. BOCM Núm. 247 de 17 octubre 2005.


 La respuesta es falsa porque, aunque esté prohibido aparcar como en la foto, no es por la razón que se indica ("Está prohibido aparcar en la acera".).


Estos tests son bastante mal hechos.

#1-696913

Por javilongo

16/09/10, 18:50h

Hola, comentar que en todas las prohibiciones pueden haber excepciones y aquí tenemos una.

La contestación a esa pregunta de test podría quedar así: No, porque está prohibido estacionar en la acera como norma general, aunque existen exepciones en algunas ciudades, y que éstas han de regirse por su normativa municipal. 


Como ésta: como norma general no has de quitarle el casco, salvo que conozcas la técnica.


Resumiendo: ante la duda, yo no estaciono en la acera, y mucho menos... quitaría el casco.


No sé, es mi opinión... saludos,


 

#2-696934

Por gabylaboveda

18/09/10, 19:32h

son excepciones , en algunos casos por fuerza mayor , un ejemplo: los dias de partido en el bernabeu,, aparcan en la acera miles de motos ,, eso si , no se te olvide llevartela , por ke al dia siguiente , tienes la multa,,,, y la moto con suerte, por eso la respuesta es: NO
#3-697221

Por muji

26/07/18, 10:50h

Si
#4-945617

Por waaasssaa

27/07/18, 9:49h

Es a b porque es la norma general.. que es lo que se aplica.
#5-945635
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