Por Lord_Vader
23/06/11, 10:32h
¿Que vehiculos podran circular en posicion paralela por el arcen?
a) bicicletas
b) ciclomotores
c) ciclomotores de 2 ruedas
d) a y b son verdaderas
e) a y c son verdaderas
Por Lord_Vader
23/06/11, 19:40h
Artículo 36. Conductores obligados a su utilización.
2. Se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.
Excepcionalmente, cuando el arcén sea transitable y suficiente, los ciclomotores podrán circular en columna de a dos por éste, sin invadir la calzada en ningún caso.
Aqui el reglamento dice solo ciclomotores......... alguien podria verificar si son de 2 ruedas o todos ??????
Gracias
Por Lord_Vader
23/06/11, 20:40h
la he puesto porque por aqui no se quien me dijo que eran de 2 ruedas......... por verificarlo mas que nada, pero en el reglamento, ves que dice ciclomotores (se entiende que todos), porque sino que les molestaria poner de 2 ruedas, con toda la parfernalia que meten de mas jejejeje
la dejamos para verificacion ???????
Por iujumega
23/06/11, 20:42h
a) si
b) no
pueden en paralelo las bicicletas.......................y excepcionalmente los ciclomotores de 2 ruedas.
tiene prohibido circular en paralelo los obligados a circular por el arcen( salvo las excepciones mencionadas) y las motos y vehiculos de 3 ruedas y cuadriciclos de motor