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Inmovilizacion

Inmovilizacion

Por lula

21/11/12, 11:14h

Artículo 130. Inmovilización del vehículo y caída de la carga


 


1. Si por causa de accidente o avería el vehículo o su carga obstaculizasen la calzada, los conductores, tras señalizar convenientemente el vehículo o el obstáculo creado, adoptarán las medidas necesarias para que sea retirado en el menor tiempo posible, deberán sacarlo de la calzada y situarlo cumpliendo las normas de estacionamiento siempre que sea factible (artículo 51.2 del texto articulado).


 


2. Siempre que, por cualquier emergencia, un vehículo quede inmovilizado en la calzada o su carga haya caído sobre ésta, el conductor o, en la medida de lo posible, los ocupantes del vehículo procurarán colocar uno y otra en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación, para lo cual podrán, en su caso, utilizarse, si fuera preciso, el arcén o la mediana; asimismo, adoptarán la medidas oportunas para que el vehículo y la carga sean retirados de la vía en el menor tiempo posible.


 


3. En los supuestos a los que se refiere el apartado anterior, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear los dispositivos de preseñalización de peligro reglamentarios para advertir dicha circunstancia, salvo que las condiciones de la circulación no permitieran hacerlo. Tales dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.


 


 


 


pregunta: ¿debe señalizarse un vehículo inmovilizado por avería en el arcén?


 


 


 


gracias por contestar

#1-870477

Por davizucu

23/11/12, 11:30h

Si, con la señal de emergencia si disponemos de ella (que no en todos los vehículos es obligatoria), y cuando proceda la señal de posición (si es obligatorio conectar el alumbrado).

Al no estar obstaculizando la calzada, los triángulos no son necesarios.


Otra cosa diferente, es que en la práctica se haga, como se hacen otras tantas cosas que varían de la parte teórica a la práctica.

#2-870643

Por loeches

23/11/12, 13:26h

 

2. Siempre que, por cualquier emergencia, un vehículo quede inmovilizado en la calzada o su carga haya caído sobre ésta, el conductor o, en la medida de lo posible, los ocupantes del vehículo procurarán colocar uno y otra en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación, para lo cual podrán, en su caso, utilizarse, si fuera preciso, el arcén o la mediana; asimismo, adoptarán la medidas oportunas para que el vehículo y la carga sean retirados de la vía en el menor tiempo posible.


 


 


 


3. En los supuestos a los que se refiere el apartado anterior, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear los dispositivos de preseñalización de peligro reglamentarios para advertir dicha circunstancia, salvo que las condiciones de la circulación no permitieran hacerlo. Tales dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.


Yo creo que según estos puntos, 2 y 3 si deberiamos poner los triangulos, ya que el punto 3 dice "en los supuestos del párrafo anterior" ect. es decir cuando utilicemos arcen o mediana, deberá emplear los dispositivos de preseñalización de peligro, salvo que las conduciones de circulación no lo permitan.

#3-870657

Por estratos

23/11/12, 13:34h

art 5 Señalización de obstáculos y peligros.

1. Quienes hubieran creado sobre la vía algún obstáculo o peligro deberán hacerlo desaparecer lo antes posible, y adoptarán entre tanto las medidas necesarias para que pueda ser advertido por los demás usuarios y para que no se dificulte la circulación (artículo 10.3 del texto articulado).


3. Para advertir la presencia en la vía de cualquier obstáculo o peligro creado, el causante de éste deberá señalizarlo de forma eficaz, tanto de día como de noche, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 130.3140 y 173.


ARTÍCULO 130.  Inmovilización del vehículo y caída de la carga


3. En los supuestos a los que se refiere el apartado anterior, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear los dispositivos depreseñalización de peligro reglamentarios para advertir dicha circunstancia, salvo que las condiciones de la circulación no permitieran hacerlo. Tales dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.


diria que si es obligatorio señalizar con los triangulos cuando un veh. queda inmovilizado por emergencia en el arcen.....los obligados a circular por el arcen tambien tienen derecho a ser informados de los peligros


Mas " duda " me produce el uso de la palabra calzada en el art 135


ARTÍCULO 135.  Aplicación


Toda señal se aplicará a toda la anchura de la calzada que estén autorizados a utilizar los conductores a quienes se dirija esa señal. No obstante, su aplicación podrá limitarse a uno o más carriles, mediante marcas en la calzada.


¿ por que dice calzada, acaso no obliga a los que circulan por el arcen ?

#4-870659

Por renardo

23/11/12, 23:40h

Se señaliza con los triángulos también en el hacer siempre que el obstáculo creado este en la parte transitable del mismo no olvidemos que el arcen es el lugar destinado a la circulación de determinados usuarios que deben ser advertidos de dicho obstáculo lo cual solo será posible si este es señalizado
#5-870717

Por davizucu

26/11/12, 11:38h

Puede ser como decís, no lo voy a negar, aqui estamos para compartir opiniones. Cuando en el reglamento no vienen cosas muy claras por dicotomías entre artículos o incluso entre diferencias dentro de un mismo artículo, hay que tirar de interpretaciones, intentando sacar la solución más correcta a veces sin éxito.
#6-870861

Por estratos

26/11/12, 11:57h

hola renardo, serias tan amable de decirnos en que articulo/s se comenta lo de que los obstaculos creados en la parte no transitable del arcen no se señalizan con los triangulos ?

a mi me explicaron que la parte no transitable del arcen esta tan juntita a la parte transitable que se deben señalizar esos obstaculos en ambos casos....igual ocurre con la luz de posicion y la inmovilizacion de vehiculos de noche en por ejemplo una via interurbana, aqui detenido parado o estacionado en la calzada o en el arcen ( transitable o no ) habria que usar dicha luz.


gracias

#7-870865

Por Franko

26/11/12, 19:51h

El uso de la palabra "calzada" en el art. 135 es un pequeño desliz (entre otros). Lo grave es que no hayan sido capaces de corregirlo desde el año 2003 hasta ahora.

En fin...

#8-870909

Por preferencia

26/11/12, 23:48h

usted sí que tiene un desliz contiguo a la calzada y aún no lo ha corregido.  

 


en determinados supuestos, lo que se aplica a la calzada aplíquese también al arcén

#9-870927

Por flipers

26/11/12, 23:56h

Y eso por supuesto,porque lo dices tú....ayyy señor llevame pronto.


#10-870929
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