Por manu5
20/04/13, 16:17h
28. ¿Está permitido realizar un cambio de sentido en esta intersección?
a) Sí, si no recorre más de 15 metros.
b) No.
c) Sí, con las debidas precauciones.
Por rafa_profe
20/04/13, 22:59h
puede q hubiera contestado lo mismo q tu. lo he estado consultando (al igual q suelo hacer cuando contesto a alguien) y no esta expresamente prohibido el cambio de sentido en una interseccion (art. 79 RGC). si que se prohibe el sentido de la marcha en los lugares donde no se pueda comprobar que no se pueda comprobar que no se va a poner en peligro a otros usuarios de la via, como en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y como norma general en todos los tramos de la via en que este prohibido el adelantamiento.
la respuesta propuesta como correcta si que habla de que si se puede efectuar con las debidas precauciones. no hay señal q impida efectuar el cambio de sentido, la luz verde da la prioridad en ese momento a nuestra via que parece de doble sentido segun las marcas horizontales.
si se interpretara q hay un cambio de rasante de visibilidad reducida al otro lado de la interseccion como parece que pueda haber si q tendrias razon en tu contestacion puesto que al ser un tramo con un fuerte desnivel descendente si q pienso q se de un cambio de rasante de visibilidad reducida y segun en que parte de la interseccion se hiciera (la mas cercana al semaforo o llegando al pasa de peatones del otro lado de la intereseccion donde si se pudiera observar la circulacion q viene en sentido contrario) pienso q seria buena la respuesta q contestaste.
para mi la pregunta no esta muy bien planteada pq en la foto no se aprecia bien esta situacion q se pueda dar (no sabemos si el conductor desde cualquier luegar de la interseccion puede ver la circulacion q venga en sentido contrario, pq en ese momento esta parado antes del semaforo) o puede q no este bien la corrección de la misma.
hasta luego.
Por nicte
21/04/13, 5:04h
1. Se prohíbe efectuar el cambio de sentido en toda situación que impida comprobar las circunstancias a que alude el artículo anterior, en los pasos a nivel, en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel (S-5), así como en las autopistas y autovías, salvo en los lugares habilitados al efecto y, en general, en todos los tramos de la vía en que esté prohibido el adelantamiento, salvo que el cambio de sentido esté expresamente autorizado (artículo 30 del texto articulado).
Artículo 87. Prohibiciones.
1. Queda prohibido adelantar:
[.....]
En las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando:
Se trate de una plaza de circulación giratoria o glorieta.
El adelantamiento deba efectuarse por la derecha, según lo previsto en el artículo 82.2.
La calzada en que se realice goce de prioridad en la intersección y haya señal expresa que lo indique.
El adelantamiento se realice a vehículos de dos ruedas (artículo 36.3 del texto articulado).
El semáforo está en verde.
Por rafa_profe
21/04/13, 15:51h
el semaforo esta en verde, lo q da la prioridad en ese momento al conductor q circula por ella y supuestamente se podria adelantar y por tanto hacer un cambio de sentido. lo q pasa es q justo despues de la interseccion, segun la foto parece que hay una rampa descendente de fuerte desnivel y considero que se da una situacion de que haya un cambio de rasante sin visibilidad (si hubiera un tramo ascendente, se verian los coches que vienen en sentido contrario).
no es prudente y ademas esta expresamente prohibido por la situacion que se supuestamente se plantea; es una apreciacion por mi parte puesto que al no apreciarse la prolongacion de la via mas alla del paso de peatones que se encuentra al otro lado de la interseccion deduzco que en ese punto se incia un tramo descendente de la via urbana (puede tratarse de una travesia tb al estar dentro de un poblado) de la que se trata:
Asi segun el articulo que has nombrado del RGC y que has dejado de escribir el primer punto que afecta precisamente a la situacion de pregunta planteada:
Sección 5ª. Maniobras de adelantamiento que atentan a la seguridad vial.
Artículo 87. Prohibiciones.
1. Queda prohibido adelantar:
1.1. En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo
lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la
maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación
estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al
sentido contrario (artículo 36, número 1, del Texto Articulado).
(...)
pienso que manu tiene razon, si se interpreta segun la interpretacion de la fotografia, cuya perspectiva muestra, a mi modo de ver (y que me puedo equivocar en dicha apreciacion) ese inicio de cambio de rasante, se trata de una interseccion sin buena visibilidad para efectuar un cambio de sentido, pese a que la luz del semaforo este en verde y de prioridad en ese momento a la via: no esta expresamente prohibido mediante señalizacion el cambio de sentido pero considero que se da una situacion de falta de visibilidad contemplada en el reglamento y que prohibe en esa circunatancia efectuar dicha maniobra (asi como la de adelantamiento, puesto que tampoco se puede efectuar en dicha situacion si se invade el sentido contrario).
hasta luego.
Por manu5
21/04/13, 17:47h
Vuestras ayudas me han aclarado algo que desconocía "poder hacer un cambio de sentido en una intersección". Si se puede.
En mi manual de Pons dice:
Se prohíbe el cambio de sentido:
En general, en todos los tramos de la vía en que esté prohíbido el adelantamiento,salvo que el cambio de sentido esté expresamente autorizado.
Se prohíbe adelantar y por tanto cambiar de sentido,en lugares como:
En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida,en los pasos para peatones señalizados y en sus proximidades en las intersecciones y en sus proximidades,salvo plazas de circulación giratoria o glorietas o se goce de prioridad por señal expresa (en este caso debe ser el semáforo en verde,si no lo he entendido mal)
Nunca lo he visto hacer y menos que yo lo haya hecho en una interseccion urbana o de una travesía.
En carretera convencional si que he visto hacer el cambio de sentido y yo también lo hecho saliendo fuera de la calzada y haciendo el cambio de sentido en una sola maniobra sin recurrir en ningún momento a la marcha atrás al hacer el giro
Tengo entendido que está prohíbida el uso de la marcha atrás como maniobra complementaria del cambio de sentido. ¿Cierto?
rafa
Mi duda no radicaba en si había un cambio de rasante de visibilidad reducida, sino en si se podía o no hacer un cambio de sentido en una intersección que gracias a tí y a nicte entiendo que de poder sí se puede con las condiciones que habéis mencionado.
Añado el artículo 78 punto 1
Artículo 78.Ejecución de la maniobra.
1. El conductor de un vehículo que pretenda invertir el sentido de su marcha deberá elegir un lugar adecuado para efectuar la maniobra, de forma que se intercepte la vía el menor tiempo posible, advertir su propósito con las señales preceptivas con la antelación suficiente y cerciorarse de que no va a poner en peligro u obstaculizar a otros usuarios de la vía. En caso contrario, deberá abstenerse de realizar dicha maniobra y esperar el momento oportuno para efectuarla. Cuando su permanencia en la calzada,mientras espera para efectuar la maniobra de cambio de sentido, impida continuar la marcha de los vehículos que circulan detrás del suyo,deberá salir de ella por su lado derecho, si fuera posible, hasta que las condiciones de la circulación le permitan efectuarlo (artículo 29 del texto articulado).
Una última cuestión
Antes de entrar en un túnel,paso inferior o antes de llegar a la señal túnel,es decir, en sus proximidades.
¿Podría hacer el cambio de sentido,siempre y cuando se den las condiciones de los artículos 78,79,87?
Por rafa_profe
21/04/13, 20:01h
una luz verde de un semaforo es señal expresa de prioridad (otra cuestion es q vaya acompañada de una señal de ceda el paso y debido a la obediencia de las señales, habria q hacer el ceda tb y esta situacion tengo entendido que se podria considerar como un error de señalizacion, ya que la señal de un semaforo debe prevalecer sobre una señal vertical, aun asi como te digo es obligatorio tb seguir la indicacion de la señal de ceda el paso: teoricamente con luz verde "no debe venir nadie" por la via transversal pero conviene en esta situacion disminuir la velocidad y observar el trafico de la via que cruzamos).
el cambio de sentido en una interseccion como norma general no se puede efectuar salvo los supuestos que comentaba nicte en los puntos que comentaba (señales que den prioridad y glorietas y plazas de circulacion giratoria) y pienso que es preferible en la situacion que se plantea en la pregunta hacer varios cambios de direccion (dando la vuelta a la manzana como se dice) donde se pueda, para conseguir cambiar el sentido de la marcha.
en esta interseccion si hubiera buena visibilidad se podria hacer con las debidas precauciones como plantea la respuesta correcta, lo q pasa es q a mi parecer no se puede observar con suficiente antelacion los vehiculos q vienen en sentido contrario y considero que no se puede estar adivinando si viene algun vehiculo para hacer dicha maniobra q las normas recogen estas situaciones.
tengo entendido lo mismo q tu q la marcha atras como maniobra complimentaria del cambio de sentido esta prohibida, quiza pq se prohibe circular hacia atras en los casos en que sea posible marchar adelante: supuestamente si realizas un cambio de sentido en carretera tienes un cierto margen. si no hay arcen y no puedes seguir maniobranado hacia delante si que se puede emplear la marcha atras.
si el giro se hace a poca velocidad se consigue un radio de giro menor, lo q pasa es q hay un compromiso entre la velocidad a la q decidas efectuar giro y si la circulacion que viene por tu carril y en sentido contrario te permite hacer un giro despacio. en sitiuacion de examen convendria no efectuar la marcha atras por lo q comentas, no obstante la seguridad es lo primero y en cualquier situacion si uno tiene q echar marcha atras para corregir una maniobra pues se hace y ya esta.
respecto a lo q planteas de hacer un cambio de sentido en las inmediaciones de un tunel o paso inferior, pienso q estarias tb en una situacion en la q un usuario no puede cerciorarse de que vaya a poner en peligro a los demas, salvo q se haga a bastante distancia, segun el art.78 q has comentado y no deberia efectuarse: en autovia un vehiculo a 120 km/h recorre 33 m en un segundo y los vehiculos q salgan de un tunel o paso inferior solo podran verse una vez hayan salido, luego considero que no convendria hacer tpc esa maniobra y esta prohibido hacerla en cualquier caso en tuneles y pasos inferiores.
Por rafa_profe
21/04/13, 21:49h
Por rafa_profe
21/04/13, 22:09h
120 km/h: 12x3= 36 m en un segundo (de manera aproximada).
para calcularlo de forma real (utilizando factores de conversion):
120 km/h x (1000 m)/ (1 km) x (1 hora)/ (3600 segundos) = 33,33 m que recorre el vehiculo en un seg.
me acordaba lo de 33m pq hace pocos dias habia visto esa pregunta, q con el tiempo como le pasa a mucha gente se me olvidan esos datos.
ojo con esta regla, pq a veces en las respuestas se plantea la real y la aproximada. sirve para hacerse una idea de la distancia de reaccion (tomando como tiempo medio un segundo).
Por manu5
21/04/13, 23:06h
.....en esta interseccion si hubiera buena visibilidad se podria hacer con las debidas precauciones como plantea la respuesta correcta, lo q pasa es q a mi parecer no se puede observar con suficiente antelacion los vehiculos q vienen en sentido contrario y considero que no se puede estar adivinando si viene algun vehiculo para hacer dicha maniobra q las normas recogen estas situaciones.
Como diría Ricardo Boquerone de poder si se puede pero que voy a hacerlo para nada, poder si puedo pero hacerlo para nada.
È un mondo difficile.
Mejor opción buscar el cambio de sentido por cambios de dirección
Por estratos
24/04/13, 16:16h
si no te dicen que es un cambio de rasante de visibilidad reducida no tienes por que imaginartelo....por otro lado no veo ninguna señal de ceda el paso .....si en una interseccion hay semaforo en verde y señal verical de ceda el paso o stop.....esa señal vertical en ese preciso instante no nos atañe
la respuestaa correcta es claramente la c)
saludos