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Examen teorico ( madrid ) 05/02/19
Las preguntas casi las mismas de los test. Menos una que no me sonaba. Pero la había leído en otra pagina.
Límites velocidad para vehículos en régimen de transporte especial: Vehículo con autorización genérica: la velocidad máxima de circulación permitida será de
a) 90km/h
b) 80km/h
c) 70km/h
Marque la C y he aprobado. Vamos que no esta difícil. Suerte a todos.
#1-948437
Enhorabuena por tu aprobado, ahora a por el práctico!!!
La pregunta que comentas si me suena haberla visto en un test, aunque con otras respuestas creo recordar.
La velocidad de los Vehículos Especiales como norma general es 40km/h, pero esta norma tiene 2 excepciones, una por debajo y otra por encima;
25km/h para los motocultores, los que arrastren remolque y los que carecen de señal de freno.
70 km/h para los en llano puedan superar los 60
#2-948448
Me respondo a mi mismo ... he entendido mal la pregunta, pensaba que era sobre vehículos especiales y en realidad pregunta sobre vehículos en régimen de transporte especial.
En los vehículos en régimen de transporte especial nos podemos encontrar en 3 casos distintos.
Los que tienen autorización genérica 70Km/h o la que venga en la tarjeta ITV si es inferior.
Los que tienen autorización específica 60km/h o inferior si viene en tarjeta ITV
Los que tienen autorización excepcional que circularán a la velocidad máxima fijada en la autorización que no podrá ser más de 60, o la que venga en la ITV si es mas restrictiva.
#3-948449
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