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Carreteras convencionales
Hola, haciendo los test de examen he visto que en la pregunta 2 del test 10 pregunta si podemos adelantar a un turismo en una carretera convencional si el turismo circula a 90 km/h. Las opciones son:
a) No, el turismo circula ya a la velocidad máxima de la vía.
b) Si, siempre que no rebase la velocidad de 110 km/h.
c) Sí, si al adelantar no invado el carril de sentido contrario.
La respuesta correcta me marca la A. Pero yo marqué la respuesta B, pues según el reglamento general de circulación indica que en las carreteras convencionales la velocidad genérica es de 90 km/h salvo que la carretera tenga una señal (R-301) de límite específico de velocidad sin que coincida con el límite genérico para la vía . ej: si pone 80km/h no se podría rebasar porque es menor que la genérica pero si no viene señal si se podría. En la imagen de la pregunta no hay señal de ningún tipo es por eso que me viene la duda. ¿Soy yo o está mal la solución de la pregunta?
Espero vuestra ayuda. Gracias.
#1-951162
Hola!!. Esta bien la respuesta A.
Sólo puedes superar la velocidad de +20 km/h cuando el vehículo, al que quieres adelantar, va por debajo de 90 Km/h.
Si va a 89 Km/h puedes adelantar si va a lo que marca la carretera NO puedes hacerlo.
#2-951163
Ok gracias Laura.
Esk con algunas preguntas van a pillar.
#3-951193
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