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Velocidad
Un turismo circula por una carretera convencional, ¿cuándo consideraremos su velocidad anormalmente reducida?
a) Cuando sea menor de 60 km/h.
b) Cuando sea menor de 40 km/h.
c) Cuando sea menor de 45 km/h.
#1-955602
Hola.
La correcta es la C.
Pero ¿ Cuál es tu duda?
Es importante leer el manual e intentar buscar las respuestas en el manual.
Es importante conocer bien las definiciones, en este caso hay que saber lo que se considera " velocidad anormalmente reducida " (es circular por debajo de la mínima permitida ) y lógicamente saber también cuál es la velocidad máxima de una carretera convencional (90 km/h) para saber que la mínima son 45 km/h, y por tanto circular por debajo de 45 es lo que se considera circular a velocidad anormalmente reducida en este supuesto.
Espero haberte ayudado.un saludo.
Un saludo.
#2-955603
Como dice #Loquilla, respuesta correcta la C. La mitad de la velocidad máxima genérica.
Saludos.
#3-955728
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