Un transportista se presenta para efectuar la carga en el punto convenido a las 17,00 horas del día 10 de febrero, que era el día acordado entre el expedidor y el porteador, no habiéndose estipulado nada sobre la hora. La carga, por circunstancias de fabricación del producto, termina a las 16,00 horas del día 11. En la carta de porte no se estipula cantidad alguna por el concepto de paralización, pero el transportista quiere reclamar una cantidad. ¿Cuánto puede reclamar, teniendo en cuenta que los horarios de apertura y cierre del establecimiento son las 9,00 y las 18,00 horas respectivamente? Justifique la respuesta. Nota: El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se fija en 17,75 euros día.
Solución
7 horas x 17,75 x 2 = 248,50 euros.
Explicación
El tiempo concedido para la carga es de dos horas, interrumpiéndose su cómputo a las 18,00 horas y reanudándose a las 8,00 del día siguiente.
Aunque el establecimiento abre a las 9:00 se empieza a contar desde las 8:00? esta hora es una constante o la resolución esta mal?
#1-959191
Es de 8h a 18 h,salvo que la hora de descarga sea anterior.
Total le tienen en espera 9 h, como las 2 primera no se cuentan......tiene derecho a cobrar 3h
De ya sabes 1/3 del Iprem diario por Hora.
En qué Comunidad te examinas ?
Saludos desde esMICLASE.es
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#2-959196