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Adelantar pasos de peatones
Hola,
Según tenía entendido (y así creo haberlo visto en algunos test), se puede adelantar en pasos de peatones y sus proximidades siempre y cuando se haga a una velocidad que permita deternse con seguridad si es necesario. Si esto es así, no entiendo esta pregunta (test DGT 47):
En un paso para peatones, ¿está permitido cambiar el sentido de la marcha?
Respuesta correcta: a) No, ni siquiera en sus proximidades.
Según la explicación, "En los pasos para peatones señalizados y en sus proximidades está prohibido adelantar, por lo que el cambio de sentido también estará prohibido"
¿Alguien que me pueda resolver esta duda?
#1-962809
En los pasos de peatones está prohibido adelantar, como norma general. Sólo de forma excepcional y bajo ciertas condiciones estaría permitido.
El cambio de sentido está prohibido expresamente en algunas situaciones y en general donde esté prohibido el adelantamiento, salvo que el cambio de sentido esté expresamente autorizado.
Por lo tanto al ser el paso de peatones y sus proximidades, lugares donde con carácter general está prohibido adelantar,también lo está el cambio de sentido.
Es común confundir que porque este permitido adelantar también está permitido el cambio de sentido y no es así.
El cambio de sentido exige en primer lugar la elección adecuada del lugar, y paso de peatones no es un lugar adecuado.
#2-962812
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