Ud. circula por un carril destinado al sentido normal de circulación contiguo a uno que se ha habilitado en sentido contrario al habitual. Si ha quedado un solo carril en su sentido de circulación, ¿qué debe hacer?
a) Nada, porque circulo por la parte de la calzada a mi sentido destinada.
b) Circular con la luz de cruce encendida, al menos y a una velocidad no inferior a la máxima permitida para la vía.
c) Circular con la luz de cruce encendida, al menos y a una velocidad no inferior a 60 kilómetros por hora ni superior a 80 kilómetros por hora o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado.
respuesta correcta la C.
siempre que circules por un carril contiguo al habitual y por el habitual, se debe encender las luces de cruce para ser vistos y conducir con una velocidad max. de 80 y minima de 60 (siempre que exista otra señal).
Esto se hace por motivos de seguridad, para ser vistos y por que los carriles suelen tener una anchura algo menor
Si en tu sentido solo un carril:
- Luces de cruce al menos,
-Vel. Max 80
-Vel Min. 60
Si en tu sentido 2 o mas carriles:
- Luces de cruce al menos. (solo carril contiguo)
- Sin afectarle limite de Velocidad
#1-963717
Debes tener en cuenta que vas por un carril adicional, que se ha habilitado por necesidades de la circulación, y siempre es esa la velocidad máxima
#2-963805