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A Zapa (fuera de tema)

A Zapa (fuera de tema)

Por Pepsi.ib

22/08/03

Y a los demás, claro. Te he dejado unas repuestas en mensajes desde el día 18. Saludos al Paralelo 28
#1-471754

Por Zapa (LP)

22/08/03

Las he visto, gracias por las respuestas. La única que creo que no tenemos muy clara es la de "a quien corresponde aportar el acompañante, en los transportes escolares", si a la Entidad organizadora o al transportista. Yo pienso que es la Entidad quien debe aportarlo.
#2-471755

Por Pepsi.ib

23/08/03

Lo que me despista es eso de que la Entidad debe "acreditar" al Acompañante que no sé qué quiere decir realmente. El decreto de 2001 que nos recomendó CCP dice incluso que no es necesario que la relación laboral sea con la Entidad, aunque sí sea esta quien acredite al acompañante.
#3-471756

Por carmelo Gc

24/08/03

yo entiendo x ACREDITAR aquella persona en el cual la empresa sabe de sus conocimientos para realizar el transporte como acompañante,
#4-471757
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