81 rg

81 rg

Por scolapi

04/05/09, 22:39h

81. On s'ha d'efectuar la sol-licitud de matrícula d'un vehicle especial agrícola?
a. A la Prefectura de Tránsit on s'hagi de residenciar el vehide.
b. A la Prefectura de Tránsit on tingui el domidli legal el titular del vehide.
c._ A qualsevol de les dues, a elecdó del titula

Si alguien quiere impugnar esta pregunta lo puede hacer , en el reglamento general de vehículos da las dos probabilidades , aunque en el temario solo nos de una

Artículo 28. Matriculación de los vehículos.
1. La matriculación y expedición del permiso de circulación de los automóviles y de los vehículos
especiales autopropulsados, cualquiera que sea su masa, así como de los remolques,
semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada exceda de 750
kilogramos, se solicitará por el propietario, el arrendatario con opción de compra o el arrendatario a largo plazo de la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tenga su domicilio legal o en la que
se vaya a residenciar el vehículo especial agrícola.

Esa "o" es la que deja hacerlo en los dos sitios
#1-567913
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