Responder

Cambios en diciembre, nuevo carnet

Cambios en diciembre, nuevo carnet

Por cris659623

13/08/09, 19:13h

Hola amigos!!!! Hoy me he acercado a la autoescuela a informarme sobre el nuevo carnet, me han dicho que en diciembre cambia el carnet, me gustaría que me informaseis vosotros sobre este tema y sobre todo si cuando ya tienes el teorico luego te influyen los cambios.

 


 


                                                                                                       Muchas gracias

#1-608134

Por mota

15/08/09, 13:37h

Hola, a mí me han dicho que el cambio se producirá en noviembre, pero al fin y al cabo sólo es un mes de diferencia.

 


Al parecer, entrará en vigor el A2 y seguirá existiendo el a1 y el a. Va a ser lo mismo que hoy en día, pero en vez de tener que esperar dos años con el a para conducir motos de cualquier potencia, ahora se tendrán que hacer otro examen teórico y creo que también práctico, con lo cual es más de lo mismo pero más difícil porque tendrías que hacer otro examen obligatoriamente para poder conducir motos de cualquier potencia

#2-608271

Por GatoAzul

16/08/09, 2:49h

Vaya Cris he abierto justo encima un post nuevo con la misma pregunta, perdón. Si obtuvieses información 100% fiable sobre el tema y no es molestia posteala aqui gracias.
#3-608302

Por oskyalgar

18/08/09, 11:07h

Ojo, ojo, ojo. Que nadie se alarme ni se preocupe en exceso. La nueva normativa NO es tan restrictiva como se piensa. Voy a intentar ser lo más claro y explícito posible y me voy a referir únicamente al A2 y al A. (Motocicletas de más de 125 cm3).

No sé qué os han dicho en la autoescuela, pero esto es lo que hay (extraído fielmente de la nueva normativa).


Nos vamos al Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.... Explico los siguientes puntos:


1.- Sec. I Pág. 48071 (Disposición final sexta: Entrada en vigor)... "El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»". La fecha de publicación fue el 8 de junio de 2009... Es decir que entra en vigor el 8 de diciembre de 2009.


2.- Sec. I Pág. 48077 (Artículo 4 Punto 2. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo):


Apartado c) "El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (antes eran 25 Kw) y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg (antes eran 0.16 Kw) y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos".


Mirad. Como ejemplo una moto de 600 cm3 de cuya marca y modelo no voy a hablar tiene estos datos REALES:


Potencia: 25 Kw. (34 caballos)/// Relación potencia/masa: 0.054 Kw. ///Potencia neta (sin limitación): 54 Kw. (80 caballos) (El doble de la potencia máx neta permitida sin limitar serían 70 Kw). Es una 600 y para un novel, creo que es más que suficiente, al menos los 2 primeros años, y fijaros que aún queda mucho margen de potencia extra. Es decir que con el A2 se puede conducir esa moto.


3.- Sec. I Pág 48079 (Artículo 5. Condiciones de expedición de los permisos de conducción)


Punto 1. a) "El permiso de la clase A sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad". (lo que antes suponía quitar el kit de limitación).


Punto 3. "Para obtener el permiso de la clase A2, el aspirante deberá superar las pruebas de control de conocimientos y de control de aptitudes y comportamientos que se indican en los artículos 47 a 49". (El que quiera que lea esos artículos, pero son exactamente las mismas pruebas que las del permiso A actual).


Y AQUÍ VIENE EL "KIT" DE LA CUESTIÓN Punto 4. "Para obtener el permiso de la clase A, (conducir cualquier moto) el aspirante, además de ser titular de un permiso de conducción de la clase A2 con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que autoriza a conducir dicho permiso, deberá superar una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.


Es decir, que nadie ha hablado aquí de volver a realizar pruebas ni exámenes de ningún tipo para sacarse el A (Además que sería completamente absurdo). De lo único que habla es de una formación (cursillo, examencillo, pruebas médicas, un pequeño reciclaje como cuando te quitan los puntos, en fin, algo para sacar pasta, y que además debe establecer el Ministro del Interior (que no se si lo ha hecho ya), pero en ningún caso sacarse el carnet de nuevo.


Por cierto, según veo, para conducir motocicletas de 125 cm3 ya no sirve el B. Hay que sacarse el A1.


Y para conducir Quad (cuatriciclos) hay que poseer, al menos el B. Ninguna de las clases A lo autoriza.

#4-608433

Por oskyalgar

18/08/09, 11:58h

Perdón se me olvidaba una cosa importante:

Disposición transitoria segunda. Equivalencia de permisos y licencias de conducción (respecto a la normativa anterior)


Punto 2 b) "El permiso de la clase A limitado a la conducción de motocicletas con una potencia de hasta 25 kW o una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, o motocicletas con sidecar con una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, (es decir, aquellos que aun no hayan cumplido 2 años de carnet A) cuando entre la normativa en vigor, equivaldrá al de la clase A, si bien no autorizará la conducción de motocicletas superiores a las indicadas hasta que tenga una antigüedad de dos años desde que aquél fuera expedido".


Respecto a esto quería aclarar dos cosas:


1.- El que no tenga el carnet A el día 7 de diciembre, tendrá que sacarse el A2, aunque haya aprobado alguna de las pruebas. Como las pruebas son las mismas, entiendo que siguen siendo válidas las ya superadas, pero pasan a ser para la obtención del A2.


2.- Diferencia entre sacarse el A ahora o el A2 después del 8 de diciembre:


EN CONTRA:


- Con el A solo se pueden conducir motos hasta 25 Kw ó 0,16 kW/kg hasta que pasen 2 años.


- Con el A2 se pueden conducir motos hasta 35 Kw ó 0.2 Kw/Kg pero si la potencia neta de la que partimos no es superior a 70 Kw (hablamos de supermáquinas de 800 cm3 para arriba). Por curiosidad, os comento por informaciónobtenida de un concesionario oficial, muchas motos de estas cilindradas no pueden ser limitadas de formahomologada por las propias características de la moto)


A FAVOR:


- Cuando pasen 2 años, se le quita el kit de limitación a la moto y listo.


- Cuando pasen 2 años, habrá que hacer una fase de formación (que no de exámenes duros para sacarse de nuevo el carnet), pagar unos 100-200 € y quitar el kit de limitación.


Por el resto, no veo mayor complicación ni problemas, o sea que no hay que alarmarse demasiado.


No obstante, lo mejor es preguntar en la autoescuela. Puede que sepan algo de esa "fase de formación" para el A, aunque si os dicen que hay que sacarse de nuevo todo el carnet con las mismas pruebas, lo dudaría. Al fin y al cabo, se trata de sacar dinero, no de equipararse a las normas europeas tal y como dice al principio del Real Decreto, porque si no, no tendríamos esos límites de velocidad tan absurdos y si lo ponen tan difícil, poca gente se presentará (200 € son mucho más alcanzables que 600 - 1000 € para un nuevo carnet).


Saludos.

#5-608444

Por millan719

18/08/09, 16:31h

Esto es lo que yo quería saber. Muchísimas gracias.

Por tanto, si me saco el A antes del cambio de normativa, tendré que seguir las reglas que hay ahora, aunque las cambien.

#6-608475

Por ben

18/08/09, 21:12h

entonces si te compras una 750 cm3 y te sacas el A2 vas jodido tienes que comprarte una 600 pero sin limitar no?

no me aclaro tio.esto del A2 me va a putear tela.

#7-608512

Por millan719

18/08/09, 21:57h

Lo que tienes que hacer entonces es sacarte primero el carnet y luego comprarte la moto en función del mismo, y no al revés.Lengua fuera

Además, según lo ha explicado este hombre, no es tan complicado como te puedes figurar.

#8-608518

Por oskyalgar

19/08/09, 12:37h

Perdona Ben, creo que me he expresado mal, por eso te has liado.

Primero tienes que tener en cuenta que cada moto es un mundo. Olvídate de los cm3 y piensa solo en la potencia.


En el ejemplo que puse antes, te explicaba como una moto (que es la que tengo en casa cogiendo óxido y polvo, por eso hablaba de datos reales) tiene 600 cm3 y una potencia neta son 54 Kw (80 caballos). Al estar limitada a 25 Kw, se puede coger con el permiso A actual sin haber cumplido 2 años de experiencia y por supuesto con el A2 futuro también.


Eso no quiere decir que todas las motos de 600 cm3 tengan 54 Kw.


Ese es el dato que tú tienes que coger como partida (La potencia neta de la moto de fábrica, sin limitar).


Caso actual:


Te coges una moto cualquiera, tenga la potencia que tenga, y si por sus características de fábrica, y eso te lo dicen enel concesionario,la puedes limitar con un kit homologado, lo haces, le pasas la ITV para que quede reflejado en la ficha y a funcionar. A los dos años le quitas el Kit de limitación, pasas la ITV para tener los papeles en regla y se acabó.


Caso futuro:


Como aparece la frase de "no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia", quiere decir que como te permite como máximo 35 kw, tu puedes limitar a 35 Kw como máximo (no a 25 Kw como antes) cualquier moto cuya potencia neta de fábrica no exceda del doble (70 Kw). Mira, 70 kw son bastantes (date cuenta que no hablamos de caballos) y lo normal es que una 600 no lo sobrepase, por eso la puedes coger con el A2 limitándola a 35 Kw, pero a diferencia del caso actual, para poder quitar ese kit de limitación, te tienes que sacar el permiso A con esa formación famosa o lo que pongan.


Hay motos de 800 cm3 o incluso de 1000 cm3 que no llegan a los 70 Kw, aunque no creo que sea lo normal. Si existe su kit de limitación homologado a 35 Kw o menos, puedes conducirla con el A2 siempre que no exceda de 0.2 Kw/kg (que no va a ser el caso en motos tan pesadas).


Espero que te haya quedado un poco más claro. Si necesitas más datos, solo tienes que pedirlos.


Y no te preocupes que no pasa nada. No es tan jodido si te pones a pensar.


Mira mi caso. El miércoles es la cuarta vez que me presento al circuito, y si suspendo, ya la sanción se va a cuatro semanas sin poder examinarme. Es decir que solo me quedan tres oportunidades hasta que cambie la ley, y luego a hacer cola para el de carretera. Es muy probable que me pille el toro, pero NO ME PREOCUPA, por lo que te he explicado, y eso que tengo la moto en el garaje con la batería desconectada esperando a rujir.

#9-608547

Por ben

19/08/09, 16:02h

entonces puedo comprarme una moto de 70 kw como maximo y con un kit omologado limitarla a 35 kw y para kitarle el kit hay que sacarse al A.

tio de coches y bicicletas entiendo para aburrir pero de motos ando algo paleto.


muhcas gracias por la aclaracion.saludos

#10-608572
Responder