Por marfy
18/09/09, 18:23h
Las senasaciones en la práctica, malas, malas. No me he caído pero voy super rígida, me cuesta girar la moto, PESA MUCHO!!
Si no tengo el carne no me puedo presentar a las oposiciones.
Por chopo
18/09/09, 18:53h
Esta Dirección General acuerda modificar la base 2.1.2 de la referida convocatoria, que quedará redactada en la siguiente forma: 2.1.2. Asimismo los aspirantes deberán haber obtenido antes del 1 de abril de 2010, el permiso de conducción de la clase A previsto en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo; y la autorización (B.T.P.) prevista en ambos Reglamentos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 3 de septiembre de 2009.-El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez López.