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Carnet a2 y oposición para policía nacional

Carnet a2 y oposición para policía nacional

Por oskyalgar

21/09/09, 19:51h

Buenas, aunque no es mi caso, os informo a aquellos interesados en presentarse a la oposición de la Policía Nacional:

Recientemente ha salido en el B.O.E. una modificación de los requisitos necesarios.


Se permite el futuro carnet A2.


Creo que había alguno que otro por aquí que estaba preocupado por este tema. Este dato es seguro, ya que me lo ha comentado un compañero de trabajo cuyo hijo se va a presentar, y mira todos los días el B.O.E.


Si consigo más información os la pongo, pero bueno, con esto ya os quitáis un peso de encima.


Saludos y mucha suerte.

#1-613513

Por oskyalgar

21/09/09, 19:55h

Vale, ya lo tengo:

Ministerio del Interior (BOE 225 de 17/9/2009)


TEXTO:


Resolución de 3 de septiembre de 2009, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por la que se modifica la convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.


 


Por Resolución de este Centro Directivo de fecha 25 de mayo de 2009 se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía; en la base 2.1.2 de dicha convocatoria se exigía como uno de los requisitos para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas, «haber obtenido antes del 1 de abril de 2010, el permiso de conducción de la clase A y la autorización (BTP) para conducir los vehículos a que se refiere el art. 7.3 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo».


Mediante Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, se aprobó el nuevo Reglamento General de Conductores, que entrará en vigor el 8 de diciembre del presente año, y que introduce modificaciones en relación al anterior que afectan, entre otras materias, a determinadas clases de permisos de conducción, así como a la edad mínima para poder obtenerlos.


Por cuanto antecede y al objeto de armonizar los intereses que persigue la citada convocatoria con la actual normativa en materia de conductores, en uso de las atribuciones que me confiere el art. 4 del Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía,


Esta Dirección General acuerda modificar la base 2.1.2 de la referida convocatoria, que quedará redactada en la siguiente forma: 2.1.2. Asimismo los aspirantes deberán haber obtenido antes del 1 de abril de 2010, el permiso de conducción de la clase A previsto en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo; y la autorización (B.T.P.) prevista en ambos Reglamentos.


Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.


Madrid, 3 de septiembre de 2009.-El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez López.

#2-613515

Por jessica1985

21/09/09, 21:57h

Se agradece muchisimo la informacion, seguro que te lo agradece mas de uno, yo me quito un peso de encima la verdad, muchisimas gracias.

Un saludo.

#3-613534

Por Otherside

24/09/09, 0:44h

Muxas gracias x la info tio!!
#4-614086

Por Gurb

06/11/09, 12:29h

Por lo que leo está claro que modifican los requisitos para entrar en la escala basica. ¿pero y en la ejecutiva? ....
#5-624433

Por alby

09/11/09, 12:50h

PARA POLICIA LOCAL EN la comunidad valenciana alguien sabe si servira el a2
#6-625006

Por AIBO23

09/11/09, 12:55h

la verdad que los que estamos opositando apolicia aun no sabemos nada. esperemos que si!! y sino a sacarselo antes del dia 8. yo voy al cerrado el 20 y si apruebo al abierto el 30 de noviembre
#7-625011

Por alvaHawk

11/11/09, 9:26h

Esto que los que nos estamos sacando el carné  tenemos hasta Abril para sacarnoslo? es aplicable a cualquier persona que no vaya a hacer oposición? o es solo  para opositores está prórroga del carné A?

un saludo y gracias

#8-625501

Por negrocadiz

11/11/09, 21:05h

eso mismo iba a preguntar yo jejejeje

 


un saludo!!!

#9-625719

Por santivl

12/11/09, 19:22h

La Dirección General de Policía y Guardia Civil sacó hace tiempo una modificación en las bases de la convocatoria dado que la ley del permiso de conducir "A" cambiaba.

Hasta la modificación exigían tener el "A" y el BTP antes del 1 abril 2010, con la modificación de las bases piden tener el "A2" (o superior lógicamente) y el BTP antes de dicha fecha.


Pero vamos, que si alguien que está opositando para policía no sabe esto es que o pasa un poquito del tema o es que esta empanao.

#10-626064
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