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Cuando cambian la normativa?

Cuando cambian la normativa?

Por ReND

23/09/09, 17:40h

Muy buenas.

Me he decidido a sacarme el carnet antes de que hagan el cambio de normativa. Alguien sabe cuando la cambiaran?


Por cierto. Que es lo que exactamente van a cambiar, pq me han dicho que el A lo van a dividir en dos carnets, uno para menos de 500cc y otro para mas. Es eso cierto?

#1-613994

Por JAPymode

23/09/09, 17:48h

La licencia de ciclomotor pasara a ser un permiso llamado AM.

El A1 sigue tal cual, aparece el A2 con limitación a una cierta potencia, y el A se podrá obtener a partir de 20 años teniendo  cierta experiencia con el A2 creo recordar y con formación específica ... busca el nuevo reglamento de conductores.

#2-613996

Por ReND

23/09/09, 18:36h

Muchas gracias.

Yo me presento el día 6 de octubre al teorico, si ya tengo las tasas pagadas y eso cuando apruebe aunque sea despues del día 1 de noviembre que es cuando entra en vigor el A2 que permiso me concederan? el A o el A2?

#3-614005

Por sgabriel

23/09/09, 22:50h

el A2 aparece el 8 de Diciembre chicos no en noviembre, así que hay tiempo amigos para sacarse el A
#4-614064

Por JAPymode

23/09/09, 23:13h


Entre las novedades más importantes, destacan las relativas a los permisos de conducción con el fin de adaptarse a la normativa de la Unión Europa. Por este motivo, se crea un nuevo permiso de conducción de moto, el A2, que autoriza a conducir motocicletas de potencia media (hasta 35Kw -47 caballos) de 500 cc. Este permiso se podrá obtener de manera directa siempre que el aspirante tenga 18 años cumplidos y supere todas las pruebas de control de conocimientos y aptitudes correspondientes, o de manera progresiva, siempre que el aspirante sea titular de permiso de la Clase A1 con, al menos, 2 años de antigüedad y supere una prueba de control de aptitudes y comportamientos.


Otra de las novedades, pero en este caso relacionada con el ciclomotor, es que se eleva la Licencia de ciclomotor a la categoría de Permiso de Conducir AM. Además, se establece en 15 años la edad mínima para obtener este nuevo permiso, a partir del 1 de septiembre de 2010, debido a la moratoria que se estableció en su momento. Los conductores de ciclomotor no están autorizados a transportar pasajeros hasta que el titular hay cumplido los 18 años, a excepción de los que hayan obtenido la licencia antes del 1 de septiembre de 2008 que si podrán transportarlos.

#5-614072

Por ReND

25/09/09, 9:35h

Bueno si es el 8 de diciembre entonces hay tiempo para sacarse el A de sobra. Perfecto!!! Menos mal pq es una faena eso de tener que sacarse 2 carnets.
#6-614291

Por salgori

25/09/09, 11:58h

cuidadin con lo de A2, motos hasta 47 cv,500 cc, la ley no dice nada de 500cc, si alguien tiene mas información cierta, por favor que lo amplie, se puede mirar en el BOE de 8 Junio de 2009, lo que significa aplicación a los 6 meses de su publicación, por lo tanto desde el 9 de DIciembre NUEVO CARNET, ESTES APUNTADO DE ANTES O NO, LO QUE IMPORTA ES EL DIA DE APTO EN PISTAS Y CIRCULACIÓN

Por favor si hay alguien que tiene una interpretación mejor sobre los 500 cc que nos diga su versión, gracias

#7-614335

Por JAPymode

25/09/09, 13:40h

Tienes razon en lo de los 500cc. Lo que puse antes es de un resumen supongo que lo hicieron antes de que saliera publicado en Boe... copio ahora lo que dice el nuevo reglamento en su articulo 4.

Artículo 4. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo.
1. Todas las clases de permiso de conducción de las que sea titular una persona deberán constar en un único documento con expresión de las categorías de vehículos cuya conducción autorizan.


2. El permiso de conducción será de las siguientes clases:


a) El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros.


b) El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.


c) El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.


d) El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

#8-614379

Por JAPymode

25/09/09, 13:43h

Artículo 5. Condiciones de expedición de los permisos de conducción.
1. La expedición de los permisos de conducción que a continuación se indican estará supeditada a las condiciones siguientes:
a) El permiso de la clase A sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad.
b) ....


2. La obtención de los permisos de conducción que a continuación se indican implicará la concesión de los siguientes:
a) La del permiso de la clase A1 implica la concesión del de la clase AM.
b) La del permiso de la clase A2 implica la concesión del de la clase A1.

#9-614380
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