Por lula
09/02/11, 12:47h
"Para impartir la formación para conducir vehículos de los que habilita el permiso de la clase BTP será necesario que el profesor esté habilitado para conducir dichos vehículos"
¿a qué se refiere? solo para el práctico o tambien para el teórico
art 30 punto 3
"3. La vacante del director podrá ser suplida, provisionalmente y por el tiempo máximo de un mes, por cualquiera de los profesores de la escuela"
¿hay que comunicarlo a la jefatura provincial?
gracias por contestar
Por juanjosse
09/02/11, 19:08h
y no hace falta en el periodo de un mes,