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Sobre el tema 10: prevencion(i)

Sobre el tema 10: prevencion(i)

Por daninoemi

09/02/11, 13:25h

¿De donde habeis sacado el tema 10 de Prevencion? ¿estará en el libro de FOL?

ah, y el tema de Permiso por puntos tampoco se donde sacarlo..(q tamb lo ha preguntado un compañero..)("Declaracion de perdida de vigencia por la perdida total de los puntos asignados)


Vaya cacao..


gracias

#1-719198

Por timy

13/02/11, 18:30h

va desde la pag 182 a 237  del libro de orientación laboral de editorial macmillan.

 


el tema 11 es de la pagg de intertnet, verdad?

#2-720074

Por daninoemi

13/02/11, 19:04h

SI.. el tema 11 es del libro q se descarga en internet.. "guia para la integracion..."
#3-720090

Por pacortega

13/02/11, 19:18h

Articulo 63.6 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

6. La Administración declarará la pérdida de vigencia de la autorización para conducir cuando su titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados, como consecuencia de la aplicación del baremo recogido en el anexo II. Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado, en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción.


En este caso, el titular de la autorización no podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia de conducción hasta transcurridos seis meses, contados desde la fecha en que dicho acuerdo fuera notificado. Este plazo se reducirá a tres meses en el caso de conductores profesionales.


Si durante los tres años siguientes a la obtención de la nueva autorización fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos doce meses, contados desde la fecha en que dicho acuerdo haya sido notificado. Este plazo se reducirá a seis meses en el caso de conductores profesionales.


7. El titular de una autorización para conducir, cuya pérdida de vigencia haya sido declarada como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados, podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, transcurridos los plazos señalados en el apartado anterior, previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial y posterior superación de las pruebas que reglamentariamente se determinen.


 

#4-720098

Por daninoemi

13/02/11, 20:02h

Por fin..!! Muchas gracias..porq no sabia donde estudiarlo.. Gracias
#5-720111
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