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Test 9 epc

Test 9 epc

Por txumi

10/03/11, 16:07h

1-Los certificados de aptitud que habilitan para ejercer, respectivamente, funciones directivas y docentes en las Escuelas Particulares de Conductores, serán expedidos por...

a)El ministerio de Fomento.


b)La Dirección General de Tráfico.


c)La Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.


2-Para tomar parte en los cursos de, obtención del Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial, será necesario:


a)Estar en posesión como mínimo de un certificado de escolaridad.


b)Estar en posesión como mínimo del título de Bachiller.


c)Estar en posesión, como mínimo, del título de Educación Secundaria Obligatoria o del título de Técnico


3-¿Qué antigüedad mínima deben tener aquellas personas que estén en posesión de un permiso de conducción de la clase B o un permiso extraordinario de la clase B, al menos, sujeto a condiciones restrictivas, para obtener un certificado de aptitud limitado a enseñanzas de carácter teórico?


a)Una antigüedad mínima de un año.


b)Una antigüedad mínima de dos años.


c)Una antigüedad mínima de tres años.


4-¿Queda exentos de las pruebas de control de conocimientos para la obtención del permiso de conducción, un profesor inscrito en el Registro de profesionales de la enseñanza de la conducción?


a)Sí.


b)No.


5-¿Qué institución se encarga de regular Los cursos y pruebas para obtener los Certificados de Aptitud de Profesor de Formación Vial y de Director de Escuelas Particulares de Conductores?


 


a)El ministerio Interior.


b)La Dirección General de Tráfico.


c)La Jefatura Provincial de Madrid.


6-¿Cuál será la periodicidad mínima para convocar los cursos y pruebas para obtener los Certificados de Aptitud de Profesor de Formación Vial y de Director de Escuelas Particulares de Conductores?


a)Una periodicidad mínima anual.


b)Una periodicidad mínima bienal.


 


7-¿Puede un director o profesor de otro Estado miembro prestar sus servicios en territorio español en régimen de libre prestación?


a)Sí, siempre que lo comunique con carácter previo al inicio de su actividad, a la Dirección General de Tráfico.


b)Sí, siempre que lo comunique con carácter previo al inicio de su actividad, a la Jefatura Provincial de Tráfico donde vaya a prestar sus servicios.


c)Sí, siempre que lo comunique con carácter previo al inicio de su actividad, al Ministerio de Interior.


8-Los registros de centros de formación de conductores y de profesionales de la enseñanza de la conducción, serán llevados y gestionados por:


a)El Ministerio de Interior.


b)La Dirección General de Tráfico.


c)La Jefatura Provincial de Tráfico.


 


9-El Registro de Centros de Formación de Conductores tendrá como finalidad:


a)Recoger y gestionar de forma automatizada los datos relativos a la nulidad y lesividad de la autorización de apertura.


b)Recoger y gestionar de forma automatizada los datos de los Centros de Formación a los que se haya concedido la autorización de apertura.


c)Ambas respuestas son correctas.


 


10-Tendrá acceso el Registro de Centros de Formación de Conductores a la base de datos de aquellas comunidades autónomas que tengan transferidas competencias ejecutivas en materia de tráfico?


 


a)Sí, tendrán libre acceso a dichos datos.


b)No, el acceso a dichos datos será competencia de la Dirección General de Tráfico.


c)No, el acceso a dichos datos será competencia de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.


 


1-B   2-C   3-B   4-A   5-A   6-A   7-B   8-B   9-C   10-A


 


 

#1-727569

Por anika57

10/03/11, 16:53h

gracias txumi
#2-727586

Por Angel84

10/03/11, 18:51h

En la pregunta 1.

Donde pone que te lo expide la direccion general de trafico, creo que ese seria el encargado de convocar los cursos al igual que el ministerio del interior.


Pero el que te lo expide creo que es la jefatura provincial de trafico, ahi fui yo a recoger mi certificado y a pagar la tasa correspondiete.

#3-727618

Por eljuli

10/03/11, 19:28h

Pero... Angel. ¿ No te has fijado que quién te firma el certificado es el mismo Director General de Tráfico?

  Otra cosa es que para ahorrarse gastos en correos, al enviar el certificado a los interesados, los envíen a las jefaturas correspondientes y que cada cual lo recoja por su cuenta y pague en ventanilla. Recuerda que lo del invento de una cuenta lo han hecho ahora para lo de directores.

#4-727650

Por txumi

11/03/11, 13:04h

L a solución a la 1ª pregunta esta en el art.45 del REPC. Un saludo y  espero que os sirva. Agur
#5-727986
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