Mis apuntes de explosivos?. me los rellenáis x fa?

Mis apuntes de explosivos?. me los rellenáis x fa?

Por isabel1987

21/02/14, 17:05h

EXPLOSIVOS
ETIQUETADO DEL VEHÍCULO:
Paneles:
 Vehículo caja (sin numerar).
 Vehículo cisterna (numerado).
 Número ONU
 División + grupo de compatibilidad.
Placas etiquetas (tres costados): Responsable expedidor.
Dentro del mismo vehículo:
 Distintas divisiones: Se coloca la mayor.
 Distintos grupos de compatibilidad: La letra no se pone.
 Sí los grupos de compatibilidad son; C, D y E, se pone: E
 Sí son mercancías 1.5D con 1.2, se pone: 1.1
LA CLASE 1:
En la clase 1 nos encontramos las materias y objetos explosivos,
dentro de los cuales nos podemos encontrar entre otros.
1. Materias explosivas: Son materias sólidas o líquidas (o mezcla de materias) que,
por reacción química, pueden desprender gases a una temperatura, presión y
velocidad tales que puedan ocasionar daños a su entorno.
2. Materias pirotécnicas: Son materias o mezclas de materias destinadas a
producir un efecto calorífico, luminoso, sonoro, gaseoso o fumígeno, o una
combinación de tales efectos, como consecuencias de reacciones químicas
exotérmicas.
3. Los objetos explosivos: Son objetos que contengan una o varias materias
explosivas pirotécnicas.
No se consideran materias de la clase 1 las que están desensibilizadas. Se
desensibilizan explosivos con agua o plastificantes.
DIVISIONES
Las materias y objetos explosivos se clasifican según el riesgo que
presente, en las siguientes divisiones:
División 1.1: Materias y objetos con riesgo de explosión en masa, afectando de
forma prácticamente instantánea a la totalidad de la carga. (Se considera
explosión en masa la deflagración que se produce cuando los explosivos se
encuentran en el interior del receptáculo). Todos explotan a la vez.
División 1.2: Materias y objetos que presentan un riesgo de proyección, sin
riesgo de explosión en masa.
División 1.3: Materias y objetos que presentan un riesgo de incendio con ligero
riesgo de efectos de onda expansiva o de proyección, o de ambos, pero sin
riesgo de explosión en masa. Están incluidas en esta división las materias u
objetos cuya combustión da lugar a una radiacción térmica considerable.
División 1.4: Materias y objetos con un pequeño riesgo de explosión, en caso de
cebado o ignición durante el transporte. La más baja de todas.
División 1.5: Materias y objetos con un riesgo de explosión en masa, con una
probabilidad muy reducida de cebado. Se exige que no exploten cuando se
someta al bulto a la prueba de fuego exterior.
División 1.6: Materias y objetos extremadamente sensibles que no supongan
riesgo de explosión en masa, y que presenten una probabilidad despreciable de
cebado o propagación accidental. (Aquí estaría incluída la explosión limitada a
un solo objeto). Un objeto único.
GRUPOS DE COMPATIBILIDAD:
Los grupos de compatibilidad nos indican aquellas materias que pueden
viajar en el mismo vehículo, se identifican por letras mayúsculas y son los
siguientes:
A. Materias explosivas primarias.
B. Objeto que contenga una materia explosiva primaria y tenga menos de dos
dispositivos de seguridad eficaces.
C. Materia explosiva propulsora u otra materia explosiva deflagrante u objeto que
contenga dicha materia explosiva.
D. Materia explosiva secundaria detonante o pólvora negra, u objetos que
contenga una materia explosiva secundaria detonante, sin medios de cebado ni
carga propulsora, o materias que tengan materia explosiva primaria y tenga al
menos dos dispositivos de seguridad eficaces.
E. Objetos que contengan materia explosiva secundaria detonante, sin medios de
cebado, pero con carga propulsora.
F. Objetos que contengan materia explosiva secundaria detontante con carga
propulsora y con sus propios medios de cebado.
G. Materia pirotécnica, u objeto que contenga materia pirotécnica.
H. Objeto que contenga una materia explosiva y además fosforo blanco.
I. NADA.
J. Objeto que contenga una materia explosiva y además líquido o gel inflamables.
K. Objeto que contenga una materia explosivo y además un agente químico
tóxico.
L. Materia explosivo u objeto que contenga una materia explosiva y que presente
un riesgo particular que exiga el aislamiento de cada tipo (por ejemplo a la
presencia de materia pirotécnica, o ser hidroactiva).
M. NADA.
N. Objetos que no contengan mas que materias extremadamente poco sensibles.
O. NADA.
P. NADA.
Q. NADA.
R. NADA.
S. Materias y objetos embalados y diseñados de forma que todo efecto peligroso
debido a un funcionamiento accidental quede circunscrito al interior de
embalaje.
CIRCULACIÓN:
Reglamento de explosivos: Vigilante de seguridad.
Estacionamiento:
 Vigilado, siempre que supere los límites.
 Separado 50m.
 Agrupados por etiquetas.
 Puertas de los vehículos cerradas, cierres cubiertos y solapadas.
Avisos a la Guardia Civil:
 Transporte a realizar: 24h
 Entrega realizada: 48h.
TIPOS DE VEÍCULOS:
EXII: Cubiertos o entoldados(Caja).
EXIII: Cubiertos (Caja).
MEMU.
 EL ADR: Determina la cantidad la cantidad máxima que se puede transportar en cada vehículo en función de la masa neta en kilos de explosivos a transportar así ocurre en las materias 1.4 (distinta 1.4S), se permiten en los vehículos EXIII llevar hasta un máximo 16000kg.
 Durante el transporte de explosivos: Está prohíbido llevar en el vehículo, cualquier dispositivo productor de llamas, y durante las operaciones de carga y descarga está prohíbido fumar a los alrededores del vehículo o dentro de ellos.
 Entre los riesgos más importantes imputables al transporte de materias y objetos explosivos: Se encuentra tanto el robo de la mercancía como el vuelco del vehículo.
CARGA Y DESCARGA: Limpiar el vehículo antes. Cumplir restricciones de la carga en común entre explosivos. Con otros materias peligrosas: nunca. Cargas y descargas en núcleos urbanos: solicitar permiso. Carga y descargas nocturnas: sólo cartuchería y el materia pirotécnico (con iluminación). Carga y descarga: 25kg. Bultos y estibas: Con materias compatibles. Bultos: etiquetas, marcas, ONU y designación oficial. Transbordo del vehículo con capacidad de todo transbordo y a de estar.
DOCUMENTACIÓN: Guía de circulación: La emite el expedidor(5 hojas, 4 copias expedidor , transportistas y Guardia Civil), se emitirán tantas guías como pedidos. Copia visada por el Área de industria y energía de la autorización de explosivos: El consumidor habrá de entregar una al proveedor. Vehículo EXIII: Plan de emergencia a bordo del vehículo aprobado por la Intervención Central de armas y explosivos de la Guardia Civil. (48 horas).
DEFINICIONES:
 Relé microrretardador: Son conectores, que permiten desarrollar esquemas voladuras temporizadas.
 Explosivos primarios: Son los que necesitan unas cantidades ínfimas de energía para activarse, son de gran peligrosidad y generalmente se transportan flegmatizados ( los extremadamente sensibles al calor, a la fricción y al choque,
son utilizados como iniciadores, ya que pueden ser detonados y multiplicados al calor.
 Deflagración: Combustión muy rápida con llama y sin explosión, que es más lenta que una detonación.
 Explosivos secundarios: Son aquellos que responden con energías de activación.
 Mercancía explosiva flegmatizada: Es el estado de una materia explosiva a la que se agrega una sustancia o flegmatizador hace materia explosiva o insensible o menos sensible. Los agentes flegmatizadores típicos son cera, papel, agua, alcohol y aceites (como vaselina o parafina).
 Punto de deflagración: Es la temperatura crítica a partir de la cual un explosivo reacciona.
 Detonación: Reacción química completa y violenta que ocurre a velocidad supersónica, en un explosivo.
 Detonador o cebo: Es un artificio con fulminante, que sirve para hacer estallar una carga explosiva.
 Fulminante: Es un iniciador de explosivos.
 Explosión: Combustión muy rápida con desprendimiento de calor, luz y gases.
 Explosión en masa: La que afecta prácticamente a toda la carga.
 Iniciación: Es la transmisión de reacción de un explosivo a otro, para producir explosivo de este.
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