test nº 1

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  • 1. ¿Un transportista es un empresario mercantil?

    a) No, porque no ejerce actividades mercantiles.

    b) Solo cuando se constituye en sociedad.

    c) Sí, cuando reúne los requisitos de capacidad legal para el ejercicio de la actividad y habitualidad.

    d) Solo si tiene más de cinco vehículos.

    Código Fomento:1B01001
    Norma:Código de Comercio, Art. 1.
  • 2. La Ley considera empresarios a quienes, teniendo capacidad legal para ejercer una actividad mercantil:

    a) tienen licencia fiscal.

    b) se dedican a ella habitualmente.

    c) tienen poder suficiente para ejercerla.

    d) tienen establecimiento abierto al público.

    Código Fomento:1B01002
    Norma:Código de Comercio, art. 1.
  • 3. ¿Son requisitos imprescindibles para poder iniciar una actividad mercantil la libre disposición de los bienes y la mayoría de edad?

    a) Sí.

    b) Solo si el empresario quiere darse de alta en la Seguridad Social.

    c) Solo si el empresario desea inscribirse en el Registro Mercantil.

    d) En ningún caso.

    Código Fomento:1B01003
    Norma:Código de Comercio, Art. 4.
  • 4. ¿Quién responderá de los actos del apoderado general de una empresa?

    a) El propio apoderado, aunque tengan relación con el ejercicio de la actividad de la empresa.

    b) El empresario, siempre que tengan relación con el ejercicio de la actividad de la empresa.

    c) El empresario, pero solo si aprueba con su firma los actos del apoderado.

    d) El apoderado, en caso de perjuicio para la empresa.

    Código Fomento:1B01004
    Norma:Código de Comercio, Art. 285.
  • 5. ¿A quién se llama empresario individual?

    a) A las sociedades con un único administrador.

    b) A la persona jurídica constituida mediante contrato.

    c) Al empresario que es persona física.

    d) Al empresario social.

    Código Fomento:1B01005
    Norma:Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons Ref. doctrinal: Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons.
  • 6. Por la dimensión de las empresas podemos distinguir entre:

    a) empresas individuales y sociales.

    b) empresas públicas y privadas.

    c) empresas locales y estatales.

    d) PYMEs y grandes empresas.

    Código Fomento:1B01006
    Norma:Reglamento Comunitario (UE) 651/2014, Anexo I.
  • 7. ¿Qué tipo de empresario responde con los bienes que están afectados al ejercicio de la actividad empresarial y con los suyos propios que no lo están directamente?

    a) El empresario individual.

    b) El empresario social.

    c) El empresario que sea persona jurídica.

    d) La sociedad.

    Código Fomento:1B01007
    Norma:Código Civil, Art. 1911.
  • 8. ¿Los socios de las sociedades mercantiles pueden considerarse empresarios individuales?

    a) Solo si se inscriben en el Registro Mercantil.

    b) No, son simplemente socios.

    c) Sí, siempre.

    d) Sí, siempre que la empresa tenga más de veinte trabajadores.

    Código Fomento:1B01009
    Norma:Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons Ref. doctrinal: Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons.
  • 9. ¿Qué es necesario para que los bienes gananciales del matrimonio queden afectados a la responsabilidad patrimonial derivada del ejercicio de una actividad mercantil por uno de los cónyuges?

    a) El consentimiento expreso del cónyuge del empresario cuando los bienes no son fruto de la propia actividad mercantil, y el consentimiento tácito cuando sí lo son.

    b) Nunca pueden quedar obligados.

    c) Que haya capitulaciones matrimoniales estableciéndolo.

    d) El consentimiento del cónyuge del empresario, ya sea expreso o tácito, si los bienes no son fruto de la propia actividad mercantil.

    Código Fomento:1B01010
    Norma:Código de Comercio, art. 6; Código de Comercio, art. 7; Código de Comercio, art. 8.
  • 10. Si el cónyuge de un empresario no quiere que queden afectados los bienes gananciales a las resultas de la actividad mercantil, ¿cómo deberá manifestar esa negativa?

    a) Mediante declaración verbal ante los deudores.

    b) Mediante oposición que habrá de constar, a efectos de terceros, en escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.

    c) Mediante comunicación escrita al otro cónyuge.

    d) No puede negarse.

    Código Fomento:1B01011
    Norma:Código de Comercio, art. 11.
  • 11. ¿Qué se entiende por establecimiento mercantil?

    a) El conjunto patrimonial unitario, organizado por el empresario para desarrollar el negocio.

    b) La actividad externa de la empresa.

    c) Los sujetos que trabajan en la empresa.

    d) El conjunto de maquinarias de la empresa.

    Código Fomento:1B01012
    Norma:Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons Ref. doctrinal: Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons.
  • 12. ¿Cómo se denomina al establecimiento secundario dotado de representación permanente y de cierta autonomía de gestión a través del cual se desarrollan las actividades de la sociedad mercantil?

    a) Empresa de segundo nivel.

    b) Sucursal.

    c) Agencia.

    d) Concesionario.

    Código Fomento:1B01013
    Norma:RD 1784/1996, Art. 295.
  • 13. ¿Dónde debe inscribirse la creación de sucursales de una sociedad mercantil?

    a) En el Ministerio de Justicia.

    b) En el libro de cuentas anuales de la sociedad.

    c) En el Registro Mercantil de la provincia donde se encuentre el domicilio de la sucursal.

    d) En el Registro Civil correspondiente al domicilio de la sociedad.

    Código Fomento:1B01014
    Norma:RD 1784/1996, Art. 296.
  • 14. ¿Qué se requiere para que el factor de una empresa (gerente) pueda desempeñar su cargo en la misma?

    a) Capacidad legal para obligarse.

    b) Poder de la persona por cuya cuenta ejerce.

    c) Ninguno de los requisitos anteriores.

    d) Los requisitos contenidos en las respuestas A y B.

    Código Fomento:1B01015
    Norma:Código de Comercio, Art. 282.
  • 15. ¿Dónde debe inscribir una sociedad extranjera la apertura de una sucursal en España?

    a) En el Registro de Aduanas.

    b) En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de dicha sucursal.

    c) En el Registro Mercantil Central.

    d) Una sociedad extranjera no puede abrir sucursales en España si previamente no ha constituido una sociedad española.

    Código Fomento:1B01016
    Norma:RD 1784/1996, Art. 300.
  • 16. Si un empresario está casado en régimen de gananciales, ¿qué es necesario para que los bienes propios de su cónyuge se vean afectados por su actividad mercantil?

    a) Que el cónyuge preste consentimiento expreso.

    b) Que el cónyuge consienta de modo tácito.

    c) Que figure en los contratos que celebre el empresario.

    d) Las respuestas A y B son correctas.

    Código Fomento:1B01017
    Norma:Código de Comercio, Art. 9.
  • 17. ¿Qué debe indicar en su documentación un empresario individual que se acoge a la limitación de responsabilidad por deudas?

    a) Su nombre seguido de las siglas SL.

    b) Su nombre seguido de las siglas ERL.

    c) Su condición de "Emprendedor de Responsabilidad Limitada".

    d) Las respuestas B y C son correctas.

    Código Fomento:1B01018
    Norma:Ley 14/2013, Art. 9.
  • 18. ¿Debe hacerse constar en el Registro de la Propiedad la no sujeción de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada a las resultas del tráfico empresarial?

    a) Sí, en todos los casos.

    b) Se puede hacer constar, pero no es requisito obligatorio.

    c) No, porque ya se recoge en el Registro Mercantil.

    d) Solo si la vivienda tiene un valor superior a 300.000 euros.

    Código Fomento:1B01019
    Norma:Ley 14/2013, Art. 10.
  • 19. ¿Qué trámites debe realizar un empresario para adquirir la condición de emprendedor de responsabilidad limitada?

    a) Inscribirse en el Registro Mercantil.

    b) Anotar en el Registro Mercantil su carácter de emprendedor de responsabilidad limitada.

    c) Anotar en el Registro Mercantil los bienes que no quedan obligados por las resultas de su actividad empresarial.

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

    Código Fomento:1B01020
    Norma:Ley 14/2013, Art. 9.
  • 20. La vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, situada en poblaciones de más de un millón de habitantes, se beneficia de la limitación de responsabilidad por deudas si:

    a) su valor no supera 300.000 euros.

    b) su valor no supera 450.000 euros.

    c) su valor no supera 500.000 euros.

    d) su valor no supera 600.000 euros.

    Código Fomento:1B01021
    Norma:Ley 14/2013, Art. 8.
  • 21. ¿Qué requisito se debe cumplir para que la vivienda habitual del emprendedor de responsabilidad limitada se beneficie de la limitación de responsabilidad por deudas?

    a) Que su valor no supere 300.000 euros, salvo que esté situada en poblaciones de más de un millón de habitantes.

    b) Que su valor no supere 450.000 euros, salvo que esté situada en poblaciones de más de un millón de habitantes.

    c) Que su valor no supere 500.000 euros, salvo que esté situada en poblaciones de más de un millón de habitantes.

    d) Que su valor no supere 600.000 euros, salvo que esté situada en poblaciones de más de un millón de habitantes.

    Código Fomento:1B01022
    Norma:Ley 14/2013, Art. 8.
  • 22. ¿Qué bienes se benefician de la limitación de responsabilidad por deudas de que goza el emprendedor de responsabilidad limitada?

    a) Su vivienda habitual, siempre que su valor no supere un determinado importe.

    b) Todas las viviendas de su propiedad, hasta un límite de 300.000 euros.

    c) Su vivienda habitual, con independencia de cuál sea su valor.

    d) Las instalaciones en las que desarrolla su actividad, hasta el límite de 300.000 euros.

    Código Fomento:1B01023
    Norma:Ley 14/2013, Art. 8.
  • 23. ¿Qué tipo de bienes se benefician de la limitación de responsabilidad por deudas de que goza el emprendedor de responsabilidad limitada?

    a) Su vivienda habitual exclusivamente.

    b) Todas las viviendas de su propiedad.

    c) Su vivienda habitual y los bienes de equipo productivo afectos a la explotación.

    d) Todos sus bienes.

    Código Fomento:1B01024
    Norma:Ley 14/2013, Art. 8.
  • 24. El emprendedor de responsabilidad limitada:

    a) es una figura que se puede aplicar a las empresas que adoptan la forma de sociedad de responsabilidad limitada.

    b) es una figura que se puede aplicar a las empresas que adoptan la forma de sociedad anónima.

    c) es una figura que se puede aplicar a los empresarios individuales.

    d) no es una figura contemplada en la legislación española.

    Código Fomento:1B01025
    Norma:Ley 14/2013, Art. 7.
  • 25. ¿Se puede limitar la responsabilidad de un empresario persona física por las deudas derivadas de su actividad empresarial?

    a) No, pues siempre debe responder de modo ilimitado, salvo que constituya una sociedad mercantil.

    b) No hace falta limitarla de modo expreso, pues por principio responde de modo limitado.

    c) Se puede limitar asumiendo la condición de emprendedor de responsabilidad limitada.

    d) Se puede limitar comunicándolo previamente por escrito a las personas con las que contrata.

    Código Fomento:1B01026
    Norma:Ley 14/2013, Art. 7.
  • 26. ¿Qué carácter tienen los libros de contabilidad de los empresarios?

    a) Son en todo caso voluntarios para todos los empresarios.

    b) Algunos son obligatorios para todos los empresarios mercantiles.

    c) Solo son obligatorios para las sociedades mercantiles.

    d) Solo son obligatorios para las sociedades y los empresarios individuales que declaren el IRPF en régimen de estimación objetiva.

    Código Fomento:1B01027
    Norma:Código de Comercio, Art. 25.
  • 27. ¿Qué debe recoger, como mínimo, el libro de Inventarios y Cuentas anuales?

    a) Un inventario anual y las cuentas de resultados.

    b) Todos los inventarios que se deseen y la cuenta anual de Pérdidas y Ganancias.

    c) Un balance inicial, los balances de comprobación trimestrales, el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales.

    d) Un inventario mensual y las cuentas anuales.

    Código Fomento:1B01028
    Norma:Código de Comercio, Art. 28.
  • 28. ¿Dónde se legalizan los libros de contabilidad que obligatoriamente deben llevar los empresarios?

    a) En el Registro de la Propiedad.

    b) En el Registro Mercantil.

    c) En la Administración de Hacienda.

    d) En la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

    Código Fomento:1B01029
    Norma:Código de Comercio, Art. 27.
  • 29. ¿Qué libros de contabilidad son obligatorios para todos los empresarios mercantiles?

    a) Libro Diario y libro Mayor.

    b) Libro de Inventarios y Balances.

    c) Libro Diario y libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

    d) Libro Mayor, libro Diario y libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

    Código Fomento:1B01030
    Norma:Código de Comercio, Art. 25.
  • 30. ¿Los empresarios mercantiles están obligados a inscribirse en el Registro Mercantil?

    a) Sí.

    b) No.

    c) Solo si tienen empleados.

    d) Solo los que se constituyan en sociedad o sean navieros.

    Código Fomento:1B01031
    Norma:Código de Comercio, art. 16; Código de Comercio, art. 19.
  • 31. ¿Es válida la anotación, en el Libro Diario de la empresa, de los totales de las operaciones por períodos no superiores al trimestre?

    a) No, en ningún caso.

    b) Sí, no es necesario llevar las cuentas en detalle día a día.

    c) Sí, si se han anotado en otros libros o registros concordantes las operaciones en detalle.

    d) Solo en empresas de menos de cinco trabajadores.

    Código Fomento:1B01032
    Norma:Código de Comercio, Art. 28.
  • 32. ¿Qué organismo público legaliza los libros de comercio de los empresarios de transportes?

    a) La Jefatura de Transportes de cada provincia.

    b) El Registro Mercantil.

    c) El Juzgado de Primera Instancia.

    d) Los organismos autonómicos correspondientes.

    Código Fomento:1B01033
    Norma:Código de Comercio, Art. 16.
  • 33. ¿Debe conservar el empresario los libros de contabilidad durante los seis años siguientes al último asiento realizado?

    a) Sí.

    b) No es obligatorio, pero resulta recomendable.

    c) Solo debe conservarlos durante 3 años.

    d) Solo si se ha jubilado a la edad reglamentaria.

    Código Fomento:1B01034
    Norma:Código de Comercio, Art. 30.
  • 34. ¿Con qué frecuencia se transcribirán los balances de comprobación en el libro de Inventarios y Cuentas anuales?

    a) Una vez al año.

    b) Al menos cada 3 meses.

    c) Al menos cada mes.

    d) Al menos cada seis meses.

    Código Fomento:1B01035
    Norma:Código de Comercio, Art. 28.
  • 35. ¿Cuándo se dice que los libros de comercio están legalizados?

    a) Cuando son nuevos.

    b) Cuando han sido diligenciados por el órgano competente.

    c) Cuando no incluyen falsedades.

    d) Cuando son sometidos a visado cada seis meses ante los órganos competentes.

    Código Fomento:1B01036
    Norma:Código de Comercio, Art. 27.
  • 36. ¿Tendrá que estar legalizado el libro Mayor de una empresa?

    a) Sí, siempre.

    b) Sí, si así lo desea el empresario.

    c) Depende del número de hojas.

    d) Al no ser un libro obligatorio, no puede legalizarse.

    Código Fomento:1B01037
    Norma:RD 1784/1996, Art. 329.
  • 37. ¿Qué no debe registrarse en el Libro de Inventarios y Cuentas anuales?

    a) El balance inicial detallado de la empresa.

    b) Los balances de comprobación, al menos trimestralmente.

    c) Día a día, todas las operaciones de la empresa.

    d) El inventario de cierre del ejercicio y las cuentas anuales.

    Código Fomento:1B01038
    Norma:Código de Comercio, Art. 28.
  • 38. ¿Qué se puede consultar en el libro de Inventarios y Cuentas anuales?

    a) Las operaciones diarias de la empresa.

    b) El activo y el pasivo de la empresa.

    c) Los apoderados del empresario.

    d) Los estatutos de la sociedad si el libro pertenece a un empresario social.

    Código Fomento:1B01039
    Norma:Código de Comercio, art. 28; Código de Comercio, art. 34; Código de Comercio, art. 35.
  • 39. ¿Dónde se legalizan los libros de comercio?

    a) En el Juzgado de 1ª Instancia.

    b) En el Registro Mercantil.

    c) En el banco habitual de la empresa.

    d) En la oficina de la Comunidad Autónoma competente en la materia.

    Código Fomento:1B01040
    Norma:Código de Comercio, Art. 27.
  • 40. ¿Qué debemos anotar en el Libro Diario?

    a) Todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa.

    b) Las facturas.

    c) Los préstamos.

    d) Las ventas.

    Código Fomento:1B01041
    Norma:Código de Comercio, Art. 28.
  • 41. ¿Qué se debe hacer con los libros de contabilidad en caso de fallecimiento del empresario?

    a) Se entregarán en el Registro Mercantil.

    b) Se conservarán en el establecimiento a cargo de quien continúe el negocio y, si no tiene continuidad, se entregarán en el juzgado.

    c) Se destruirán.

    d) Se conservarán por los herederos durante seis años a partir del último asiento realizado en ellos.

    Código Fomento:1B01042
    Norma:Código de Comercio, Art. 30.
  • 42. ¿Dónde se solicita la licencia de obras para la adecuación de un local de negocio?

    a) En el Registro Mercantil del domicilio de la empresa.

    b) En la Administración de Hacienda.

    c) En el ayuntamiento.

    d) En el órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia laboral.

    Código Fomento:1B01043
    Norma:Ley 7/1985, art. 25.
  • 43. ¿Pueden utilizarse abreviaturas o símbolos en las anotaciones que se realicen en los libros y documentos contables?

    a) Sí, siempre que sean de general aplicación en la práctica mercantil.

    b) Sí, cualquier abreviatura o símbolo que elija el responsable de la empresa.

    c) No, en ningún caso.

    d) Solo los símbolos que establece la ley.

    Código Fomento:1B01044
    Norma:Código de Comercio, Art. 29.
  • 44. ¿Quiénes deben llevar la contabilidad en las empresas, según se refleja en el Código de Comercio?

    a) Cualquier persona con formación en la materia.

    b) Los empresarios o personas debidamente autorizadas para ello.

    c) Un delegado nombrado por la Administración de Hacienda correspondiente.

    d) Un auditor de cuentas.

    Código Fomento:1B01045
    Norma:Código de Comercio, Art. 25.
  • 45. ¿Quién debe presentar la declaración censal para constituir una empresa?

    a) Solo los extranjeros que creen una sucursal en España.

    b) Solo los que están exentos de IVA.

    c) Las personas físicas solamente.

    d) Las personas físicas o jurídicas que vayan a iniciar una actividad empresarial o profesional.

    Código Fomento:1B01046
    Norma:RD 1065/2007, Art. 9.
  • 46. ¿Quiénes son los obligados a conservar los libros de comercio y documentos contables durante el período establecido por la ley, en el caso de disolución de sociedades?

    a) Los empleados de la empresa.

    b) Los liquidadores de la sociedad.

    c) Los herederos.

    d) En ese caso no hay obligación de conservar los libros y documentos.

    Código Fomento:1B01047
    Norma:Código de Comercio, Art. 30.
  • 47. ¿Qué tipo de actuación debe realizar ante el ayuntamiento quien quiera abrir un establecimiento mercantil?

    a) Solicitar licencia de obras, en todo caso.

    b) Presentar comunicación previa o declaración responsable, o solicitar licencia de actividad, según los casos, así como licencia de obras si van a realizarse y lo exige la importancia de las mismas.

    c) Solicitar licencia de derribo.

    d) Solicitar licencia de manipulador.

    Código Fomento:1B01048
    Norma:Ley 7/1985, Arts. 25 Y 84.
  • 48. ¿Cuál es el plazo máximo para comunicar a la autoridad laboral la apertura de un centro de trabajo o la reanudación de la actividad?

    a) Hasta el día siguiente de iniciar las actividades.

    b) 15 días desde el inicio de las actividades.

    c) 30 días desde el inicio de las actividades.

    d) 1 año desde el inicio de las actividades.

    Código Fomento:1B01049
    Norma:OM TIN/1071/2010, Art. 2.
  • 49. ¿Por qué principio debe regirse la contabilidad que lleva una empresa?

    a) Empresa en funcionamiento.

    b) Devengo.

    c) Prudencia valorativa

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

    Código Fomento:1B01050
    Norma:Código de Comercio, Art. 38.
  • 50. Si el empresario cesa en el ejercicio de su actividad mercantil, ¿queda exento del deber de conservar los libros de comercio concernientes a su negocio?

    a) Sí, puesto que ya no ejerce actividad mercantil.

    b) Sí, pues la obligación de conservarlos la asume el Registrador Mercantil.

    c) No, pero a partir de entonces únicamente debe conservarlos durante los dos años siguientes.

    d) No queda exento, debe cumplir esta obligación en los mismos términos que si la empresa estuviera activa.

    Código Fomento:1B01051
    Norma:Código de Comercio, Art. 30.
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