test nº 1

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  • 1. ¿Qué quiere indicarse con la expresión de que el cheque es pagadero "a la vista"?

    a) Que es necesario que la firma sea vista (comprobada).

    b) Que el cheque se pagará en el momento de presentarlo al cobro.

    c) Que es necesario ponerle la expresión "visto" en el momento de hacerlo efectivo.

    d) Ninguna respuesta es correcta

    Código Fomento:1E01001
    Norma:Ley 19/1985, art. 134.
  • 2. ¿En que se diferencian la letra de cambio y el cheque?

    a) El cheque sirve como instrumento de crédito, la letra es medio de pago.

    b) El cheque se transmite solo por simple entrega, la letra por endoso.

    c) El cheque puede ser pagadero a un plazo desde la fecha, la letra solo a la vista.

    d) En el cheque el librado ha de ser siempre una entidad bancaria.

    Código Fomento:1E01002
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 3. Como norma general, ¿qué persona puede hacer efectivo el pago de una letra de cambio o cumplir con la obligación de que se trate?

    a) El avalista o el avalado.

    b) El endosante o el endosado.

    c) El librador o el librado.

    d) Cualquiera de los anteriores.

    Código Fomento:1E01003
    Norma:Ley 19/1985, art. 37.
  • 4. ¿Qué tipo de acto es el protesto de una letra de cambio?

    a) Privado

    b) Notarial.

    c) Judicial.

    d) Administrativo.

    Código Fomento:1E01004
    Norma:Ley 19/1985, art. 51.
  • 5. ¿Qué finalidad tiene el endoso en una letra de cambio?

    a) La transmisión de la posesión de la letra a una tercera persona.

    b) Garantizar el pago.

    c) Recoger la firma del avalista.

    d) Postergar el pago.

    Código Fomento:1E01005
    Norma:Ley 19/1985, art. 14.
  • 6. ¿Cuándo se hace efectivo un cheque como documento de pago?

    a) A la vista, pero por lo menos tienen que haber pasado 15 días desde su firma.

    b) A la vista.

    c) En la fecha en que se indique previamente.

    d) Antes de los 7 días desde la fecha de su emisión.

    Código Fomento:1E01006
    Norma:Ley 19/1985, art. 134.
  • 7. ¿Sobre qué persona de las intervinientes en una letra de cambio recae la obligación de aceptarla?

    a) El tomador.

    b) El librado.

    c) El librador.

    d) El endosante.

    Código Fomento:1E01007
    Norma:Ley 19/1985, art. 25.
  • 8. ¿A quién se denomina "tenedor" en una letra de cambio?

    a) A quien recibe el mandato de pago.

    b) A quien la emite.

    c) A quien tiene la posesión de la letra.

    d) A quien la acepta.

    Código Fomento:1E01008
    Norma:Ley 19/1985, art. 19.
  • 9. ¿Qué se indica con la cláusula "no a la orden", en una letra de cambio?

    a) Que no es endosable.

    b) Que no se puede protestar.

    c) Que no se puede avalar.

    d) Que no se puede aceptar.

    Código Fomento:1E01009
    Norma:Ley 19/1985, art. 14.
  • 10. ¿Qué significa la cláusula "sin gastos" en una letra de cambio?

    a) Que no se puede avalar.

    b) Que no es endosable.

    c) Que no es necesario el protesto para poder ejercitar la acción de regreso.

    d) Que no se deben pagar los gastos del abogado.

    Código Fomento:1E01010
    Norma:Ley 19/1985, art. 56.
  • 11. ¿Cuál es el plazo de pago en una letra de cambio cuando no se indica la fecha de vencimiento?

    a) A la vista.

    b) A los 7 días.

    c) A los 15 días.

    d) A los 30 días.

    Código Fomento:1E01011
    Norma:Ley 19/1985, art. 2.
  • 12. ¿Qué debe contener expresamente una letra de cambio?

    a) El mandato de pagar una suma determinada.

    b) La firma del librador.

    c) La fecha de vencimiento.

    d) Todas las respuestas son correctas.

    Código Fomento:1E01012
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 13. ¿Qué debe contener expresamente una letra de cambio?

    a) La indicación de la entidad de crédito que la avala.

    b) La referencia al seguro de caución contratado por el librador.

    c) El mandato de pagar una suma determinada.

    d) La designación del juzgado competente en caso de impago.

    Código Fomento:1E01013
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 14. La denominación "letra de cambio" inserta en el texto del título valor correspondiente, ¿es un requisito formal que debe contener la letra de cambio?

    a) Sí, todas.

    b) Solo las de timbre superior a 6,01 euros.

    c) Solo las que sean con vencimiento aplazado.

    d) No es necesario.

    Código Fomento:1E01014
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 15. ¿Cómo se formaliza la aceptación de una letra de cambio?

    a) Con el añadido de un suplemento de aceptación.

    b) Escribiendo en la letra la palabra "acepto" y firmando el librado a continuación.

    c) Mediante escritura pública.

    d) Con la inscripción de la aceptación en el Registro de letras de cambio del librador.

    Código Fomento:1E01015
    Norma:Ley 19/1985, art. 29.
  • 16. ¿En qué período máximo, contado desde la fecha de emisión, deben presentarse al pago las letras emitidas "a la vista"?

    a) 18 meses.

    b) 15 días.

    c) 12 meses.

    d) 6 meses.

    Código Fomento:1E01016
    Norma:Ley 19/1985, art. 27.
  • 17. ¿Qué es un cheque conformado?

    a) Aquel que cumple todos los requisitos formales establecidos en la normativa.

    b) Es un cheque respecto del cual el librador ha ratificado su conformidad.

    c) Un cheque respecto del cual el librado acredita la autenticidad y la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador.

    d) Un cheque con aval de un banco.

    Código Fomento:1E01017
    Norma:Ley 19/1985, art. 110.
  • 18. ¿Cómo se transmite un cheque nominativo?

    a) Mediante su simple entrega.

    b) Mediante endoso.

    c) No se puede transmitir.

    d) Mediante contrato.

    Código Fomento:1E01018
    Norma:Ley 19/1985, art. 120.
  • 19. ¿Cómo se transmite un cheque al portador?

    a) Mediante su simple entrega.

    b) Mediante endoso.

    c) No se puede transmitir.

    d) Mediante contrato.

    Código Fomento:1E01019
    Norma:Ley 19/1985, art. 120.
  • 20. ¿Quién es el librador en un cheque?

    a) La persona que recibe el cheque.

    b) El que presenta el cheque en el banco.

    c) La persona que expide y firma el cheque.

    d) El banco depositario de los fondos que debe pagar el cheque.

    Código Fomento:1E01020
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 21. Cuando en el aval de un cheque no se indique la persona a la cual se avala, ¿quién se entenderá avalado?

    a) El aceptante.

    b) El tomador.

    c) El librado.

    d) El librador.

    Código Fomento:1E01021
    Norma:Ley 19/1985, art. 132.
  • 22. En una letra de cambio, ¿qué persona es el endosante?

    a) La que transmite la posesión de la letra.

    b) La que recibe la orden de pago.

    c) La que la emite.

    d) La que acepta la letra.

    Código Fomento:1E01022
    Norma:Ley 19/1985, art. 18.
  • 23. Para la validez de un cheque, ¿qué requisito es imprescindible?

    a) El domicilio del librador.

    b) El nombre del librado.

    c) El nombre del librador.

    d) El lugar de pago del cheque.

    Código Fomento:1E01023
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 24. ¿Qué es el suplemento de una letra de cambio?

    a) Una hoja adherida a ella por la que se amplía su contenido.

    b) Una nueva letra de cambio.

    c) La parte de atrás de la letra en la que está la normativa aplicable.

    d) Una hoja adherida con el único fin de aceptar la letra.

    Código Fomento:1E01024
    Norma:Ley 19/1985, art. 13.
  • 25. ¿Cómo se formaliza el aval de un cheque?

    a) Mediante escritura pública.

    b) Mediante un contrato de aval.

    c) Con la palabra "por aval" y la firma del avalista en el propio cheque.

    d) Mediante un certificado de reconocimiento de aval por parte del banco.

    Código Fomento:1E01025
    Norma:Ley 19/1985, art. 132.
  • 26. ¿Qué entidad financiera en ningún caso puede ser avalista de un cheque?

    a) La entidad bancaria que es el "librado" en el cheque que se avala.

    b) Las Cajas de Ahorros.

    c) La entidad bancaria donde el librador lo presenta al cobro.

    d) Ninguna de las mencionadas en las respuestas anteriores.

    Código Fomento:1E01026
    Norma:Ley 19/1985, art. 131.
  • 27. ¿Quién responderá del daño que resulte de un cheque falso o falsificado sin culpa o negligencia del librador?

    a) El endosante.

    b) El librador.

    c) El librado.

    d) El tomador.

    Código Fomento:1E01027
    Norma:Ley 19/1985, Art. 156.
  • 28. ¿Quién es el firmante de un pagaré?

    a) Quien lo emite y lo debe hacer efectivo.

    b) A quien se ha de hacer el pago.

    c) El banco depositario.

    d) El que lo avala.

    Código Fomento:1E01028
    Norma:Ley 19/1985, 94, 97.
  • 29. ¿Cuál de los siguientes medios es un documento de pago?

    a) Un cheque.

    b) Una nómina.

    c) Una factura.

    d) Un albarán garantizado.

    Código Fomento:1E01029
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 30. ¿Qué nombre recibe la persona que emite una letra de cambio?

    a) Librador.

    b) Librado.

    c) Tomador.

    d) Aceptante.

    Código Fomento:1E01030
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 31. ¿Quién es el librado en una letra de cambio?

    a) La persona que tiene derecho al cobro.

    b) La persona obligada a pagar.

    c) Un comisionista.

    d) Un endosante.

    Código Fomento:1E01031
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 32. ¿Puede el tomador de una letra transmitirla a otra persona para que la cobre?

    a) Sí, mediante el "acepto".

    b) Sí, mediante el "endoso".

    c) De cualquiera de las formas que figuran en las respuestas A y B.

    d) No, pues son intransmisibles.

    Código Fomento:1E01032
    Norma:Ley 19/1985, art. 14.
  • 33. ¿Qué supone la declaración de "acepto" o "aceptación" en la letra de cambio?

    a) Que el librado, en una letra de cambio, se compromete al pago en su vencimiento estampando su firma.

    b) La aceptación de la transmisión de una letra.

    c) Que el tomador de una letra admite la demora en el pago de la misma.

    d) Que el librador acepta el pago en efectivo de la letra.

    Código Fomento:1E01033
    Norma:Ley 19/1985, art. 33.
  • 34. ¿Qué número de "endosos" puede realizarse, como norma general, en una letra de cambio?

    a) Un número ilimitado, tantos como permita la vida temporal de la letra.

    b) Como máximo tres.

    c) Un máximo de dos.

    d) Ninguno.

    Código Fomento:1E01034
    Norma:Ley 19/1985, art. 14.
  • 35. ¿Qué nombre recibe la persona o entidad que garantiza el pago de una letra por otra persona obligada?

    a) Avalado.

    b) Avalista.

    c) Acreedor.

    d) Endosante.

    Código Fomento:1E01035
    Norma:Ley 19/1985, art. 36.
  • 36. A efectos de vencimiento, ¿cómo puede librarse una letra de cambio?

    a) A condición cierta.

    b) A fecha cierta o a la vista.

    c) A fecha cierta o a plazos.

    d) A fecha cierta o condicionada.

    Código Fomento:1E01036
    Norma:Ley 19/1985, art. 38.
  • 37. ¿Qué significa cuando una letra está girada "a la vista"?

    a) Se pagará en el acto de su presentación.

    b) Se pagará en un plazo desde la vista.

    c) Existe un plazo máximo de 30 días desde la vista para pagarla.

    d) Se pagará cuando se celebre la "vista" del juicio por impago de la letra.

    Código Fomento:1E01037
    Norma:Ley 19/1985, art. 39.
  • 38. ¿Cómo se denomina el acto notarial que acredita el impago o no aceptación de una letra?

    a) Acción de regreso.

    b) Descubierto.

    c) Protesto.

    d) Escritura.

    Código Fomento:1E01038
    Norma:Ley 19/1985, art. 51.
  • 39. ¿Qué es un cheque?

    a) Un medio de pago.

    b) Un instrumento de crédito.

    c) Las dos respuestas anteriores son correctas.

    d) Un reconocimiento de deuda.

    Código Fomento:1E01039
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 40. ¿Quién es el librado en el cheque?

    a) Es la persona que lo emite.

    b) Es la persona con derecho al cobro.

    c) Es siempre una entidad bancaria.

    d) Es la persona que la tiene en su poder.

    Código Fomento:1E01040
    Norma:Ley 19/1985, art. 106.
  • 41. ¿Cuándo se paga una letra de cambio que no especifica su vencimiento?

    a) Se pagará a un mes vista desde la fecha de su adaptación.

    b) Se entenderá pagadera a la vista.

    c) Se pagará dentro de los treinta días siguientes a su emisión.

    d) Se pagará al día siguiente de su emisión.

    Código Fomento:1E01041
    Norma:Ley 19/1985, art. 2.
  • 42. ¿Qué es un cheque cruzado?

    a) Es un cheque anulado y no puede hacerse efectivo.

    b) Un cheque solo puede pagarse a un banco o a un cliente del mismo mediante ingreso en cuenta.

    c) Es un cheque garantizado.

    d) Es un cheque endosado por un banco.

    Código Fomento:1E01042
    Norma:Ley 19/1985, art. 144.
  • 43. Cuando no se tiene poderes de una persona, y aún así se pone la firma como representante de aquella persona en una letra de cambio, ¿quién queda obligado por ella?

    a) No existe obligado alguno ya que la letra es nula.

    b) El falso representante que puso la firma.

    c) El que aceptó la letra firmada.

    d) El que endosó la letra.

    Código Fomento:1E01043
    Norma:Ley 19/1985, art. 10.
  • 44. ¿Pueden ser transmitidos los títulos-valores denominados pagarés?

    a) Sí, mediante endoso.

    b) Solo se pueden transmitir previa aceptación del deudor.

    c) Se pueden transmitir con la simple entrega pues son documentos al portador.

    d) No, si se transmitiesen carecerían de valor.

    Código Fomento:1E01044
    Norma:Ley 19/1985, art. 96.
  • 45. ¿Qué sucede si en un pagaré no se expresa la fecha de vencimiento?

    a) Que se considera pagadero a la vista.

    b) Que carece de validez.

    c) Su validez es de 30 días, a partir de la fecha de la firma.

    d) Su validez es de 15 días, a partir de la firma.

    Código Fomento:1E01045
    Norma:Ley 19/1985, art. 95.
  • 46. ¿Contra quién se dirige la acción de regreso en la letra de cambio o en el cheque?

    a) Librador, endosantes o sus avalistas.

    b) Tenedor o librado.

    c) Aceptante o sus avalistas.

    d) Librador y endosantes.

    Código Fomento:1E01046
    Norma:Ley 19/1985, art. 50.
  • 47. ¿La letra de cambio es un instrumento de pago?

    a) A plazo y a la vista.

    b) Al contado.

    c) A la vista exclusivamente.

    d) Pignoraticio.

    Código Fomento:1E01047
    Norma:Ley 19/1985, art. 38.
  • 48. ¿Qué personas han de existir necesariamente en toda letra de cambio?

    a) Un librador, un endosante y un tomador.

    b) Un tomador, un librado y un librador.

    c) Un endosante, un librado y un librador.

    d) Un aceptante, un librado y un endosante.

    Código Fomento:1E01048
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
  • 49. ¿Cuáles son las obligaciones del librador de una letra de cambio?

    a) Designar un librado solvente.

    b) Garantizar la aceptación y pago de la letra.

    c) Contratar un seguro de caución.

    d) Inscribir la letra en el Registro Mercantil.

    Código Fomento:1E01049
    Norma:Ley 19/1985, art. 11.
  • 50. ¿Quién es el librador en una letra de cambio?

    a) La persona que la emite.

    b) La persona que la guarda.

    c) La persona que la paga.

    d) La persona que la acepta.

    Código Fomento:1E01050
    Norma:Ley 19/1985, art. 1.
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