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Cinturon de Seguridad.

Cinturon de Seguridad.

Por Max

16/12/05

Entre otras exenciones, hay una uqe dice:

Están exentos de llevar abrochado el CINTURÓN DE SEGURIDAD en vias URBANAS, el conductor y los pasajeros de los vehículos en servicio de Urgencia, pues bien,

Yo entiendo que el conductor y los pasajeros en los vehículos prioritarios que no están realizando un servicio urgente, deben llevarlo abrochado, y si están en servicio urgente No. Pero:

Si con nuestro vehículo nos vieramos en la situación de tener que realizar un servicio urgente, ¡TAMPOCO TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE LLEVARLO ABROCHADO!

¿Esto realmente, sería así?
#1-162465

Por Juan

16/12/05

Muy buena pregunta como todas las que normalmente aparecen por estos lares.
Te pongo lo que pone mi manual (Etrasa)
Exentos:
entros casos
- los conductores de vehiculos y pasajeros de los vehiculos en servicio de urgencia.
Creo que lo deja bastante claro, por lo que creo que no tienes por que usarlo en tu turismo cuando realices un servicio de urgencia.
Espero haberte ayudado
#2-162466

Por noe

16/12/05

En el articulo 69.2 dice;
Los conductores que excepcionalmente realizen un servicio de urgencia deberan respetar las normas de circulacion ,en especial.......
yo deduzco que al igual que otras, la norma de llevar cinturon tambien habran de obedecerla.

p.d.que tal max llevo dias sin leer nada tuyo?anda todo bien?
#3-162467

Por ndiasse

Ayer, 16:18h

B
#4-980206
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