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Luces antiniebla delantera

Luces antiniebla delantera

Por pascu114

14/09/12, 12:17h

Con niebla densa, ¿qué luces antiniebla está obligado a utilizar un turismo?Explicación

a) La luz antiniebla trasera solamente.


b) La luz antiniebla trasera y la delantera si la tiene instalada.


c) La luz antiniebla delantera y la luz de largo alcance


En esta pregunta te marcan la B, pero obligado a utilizar un turismo , solo son la antiniebla trasera aunque tengas instaladas las delanteras, ya que estas siempre son opcionales.


¿Esta bien esta respuesta o hay otra explicación que no logro a descubrir?

#1-864408

Por akua

14/09/12, 14:48h

Hola,

Como tu bien dices no es obligatorio las luces delanteras antiniebla, pero por eliminación es la respuesta B. La respuesta A no puede ser porque te pone SOLAMENTE, con esto te excluyen al resto de luces, la respuesta C no puede ser porque en el enunciado te están preguntando por antiniebla obligatorias y aki no hacen mencion de antiniebla trasera.


Además piensa que si debes poner las luces antiniebla trasera también necesitarás las delanteras para poder ver mejor, indirectamente las tienes que poner, el enunciado te lía un poco con lo de obligado a utilizar un turismo.


Espero haberte ayudado


Saludos,

#2-864446

Por Mucc

15/09/12, 19:58h

Negativo, las luces antinieblaa delanteras JAMÁS pueden ser obligatorias, porque son opcionales, aunque las tengas instaladas. Si la pregunta pusiera cuales puedo usar, pues la B, pero OBLIGAR, solo las de atrás.

Si vas a la ITV ni te las miran, igual que la de marcha atrás en los remolques, porque al ser luces opcionales les da igual si funcionan o no.


Esta ha salido un par de veces y está mal, es la A.

#3-864642

Por black_stig

16/09/12, 12:20h

Y esto a mi me trae una duda, o mas bien una pregunta. Me veran a mi pero yo no vere nada sinceramente no lo veo muy logico esto.....
#4-864668

Por Angel84

16/09/12, 12:39h

En los vehiculos para poder poner la luz antiniebla trasera tendras que pasar por la antiniebla delantera, osea que si la tienes instalada, si o si, la pondras, porque pasaras por la luz antiniebla delantera para poder poner la trasera.

En esta foto, para es de ruleta el interruptor, se subira la ruleta y se pondria la delantera antiniebla, se sube otra vez mas y se pondra la trasera antiniebla, esa es la explicación que veo mas lógica para que den como correcta la respuesta.


#5-864670

Por Mucc

16/09/12, 18:04h

Esto es cierto, por ley para conectar la antiniebla trasera tienes que pasar por la delantera, pero sigue sin ser obligatoria.

Si la pregunta pusiera que luces puedo llevar, por ejemplo, pues si, pero dice obligatoriamente, y la delantera no es obligatoria aunque las lleve. Si quito las bombillas, o si las llevo fundidas, no se encenderian y no pasaría nada, al no ser obligatorias.

#6-864688

Por akua

17/09/12, 10:03h

Hola Mucc,

Comentarte que esté bien o mal redactada la pregunta, que no voy a entrar en esa discusión, decirte que la respuesta A no puede ser correcta porque pone SOLAMENTE, con esto estás diciendo que el vehiculo SÓLO, EXCLUSIVAMENTE, ÚNICAMENTE iria con éstas luces lo que es totalmente FALSO.


Saludos,


 


 

#7-864722

Por Mucc

17/09/12, 19:30h

Te equivocas, está diciendo que SOLAMENTE ESTÁS OBLIGADO a usar la trasera, que es lo que te pide la pregunta, por eso es buena. ¿Que luego tengas que pasar por la delantera? lo acepto, pero solo te pueden obligar a la trasera.

Repito que si estuvieran fundidas o quitadas no pasaría nada porque no son obligatorias.

#8-864842

Por fraydani

18/09/12, 10:57h

   La luz antiniebla delantera es opcional en la equipación del vehículo, no entra dentro de los requisitos mínimos que necesitan para poder circular al salir de fábrica. Ahora bien, si están instaladas su uso es obligatorio. Mejoran la visibilidad (algo para ver y mucho para ser vistos) en caso de niebla intensa y si, en esas circunstancias, sufrieramos un accidente y se demostrara que fue falta de visibilidad por no encender unas luces que tiene el vehículo, con toda seguridad las compañías de seguros se abrazarían a ese detalle como causante del accidente. Alguien dice que ni las miran en las ITV; pues yo conozco estaciones ITV que, si no funcionan correctamente lo anotan en el informe técnico como deficiencia leve. Por lo tanto también entran en la inspección. Lo que propone el compañero, equivale a decir que como los enganches para remolque (en un turismo) no son obligatorios, los instala el dueño según su necesidad, no se inspeccionan.

   El espejo exterior derecho no es obligatorio en un turismo, pero estamos "obligados" a usarlo si lo tiene instalado. A la DGT le gusta oir que nos "obligan" a todo lo que mejore la visibilidad y, por tanto, la seguridad.


   En definitiva: Instalación de luces antiniebla delanteras, opcionales en los vehículos (según Reglamento General de Vehículos). Uso de luces antiniebla delanteras, obligatorio si el vehículo dispone de ellas (según Reglamento General de Conductores). Puede parecer una incongruencia pero así está recogido en los reglamentos.


   Por cierto, lo que dice Akua (¿era así el nick?) es que la respuesta A se refiere exclusivamente a la luz antiniebla trasera y en estas circunstancias medioambientales tambien debemos hacernos ver por delante, además de las de posición traseras; por lo que exclusivamente esa luz no es válida. Y en la respuesta C te abligan a luces largas; esta casi es de chiste.


   Salud.


    

#9-864900

Por Mucc

18/09/12, 21:30h

No voy a liarla mas hablando de lo mismo, está claro que si tienes algun elemente es mejor usarlo que no, pero no te pueden obligar.

No te revisan las antinieblas delanteras, al igual que el limpia parabrisas trasero, la tercera luz de frenos...


 


Un gancho de remolque si, pq si lo pones es una reforma de importancia, cosa que no es lo que acabo de decir anteriormente.

#10-865018
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