Si, en caso de que la unidad de transporte tenga MMA superior a 12 Tn y la masa bruta total sobrepase las 8 Tn, deben llevar panel naranja. (Capítulo 3.4.14 del ADR)
Cuando en una unidad de transporte se llevan más de 8 toneladas de cantidades limitadas y el vehículo supera las 12 toneladas de MMA, no son precisos los paneles naranja, salvo que se lleve otro tipo de mercancía que los requiera.
En caso de transportar sólo las cantidades en cantidades limitadas, sólo sehan de marcar con la marca de LQ ( cuadrado apoyado sobre un vértice con las puntas negras) una delante y otra atrás.