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Otra pregunta...
En una carretera convencional con separación física entre sentidos, la velocidad máxima genérica para turismos es de...
a) 100km/h (MAL)
b) 90 km/h (BIEN)
c) 120 km/h (MAL)
Yo había seleccionado la respuesta a. Tenía entendido, según el manual, que en carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, se podría fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas, vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas y autocaravanas de hasta 3.500 kg. de MMA.
Opiniones?
#1-952847
Bueno, puedo pensar que al decir "...máxima genérica" en la pregunta, haga referencia a los 90 km/h genéricos para las carreteras convencionales para turismos y motos pero aún así... ¿Para qué iban a hacer referencia a la separación física que existe, si no es para hacer referencia a esos 100 km/h para tal caso?... Este tipo de preguntas me matan :(
#2-952851
En una carretera convencional con separación física entre los dos sentidos la velocidad máxima genérica es la misma que para el resto de carreteras convencionales, ahora bien, excepcionalmente el titular de la vía puede ampliar a 100 km/h la velocidad en estas carreteras si existe separación física entre los dos sentidos, pero seria una excepción (el titular no estaría obligado a ampliar el limite). Entiendo que en la pregunta hacen referencia a la separación física como elemento destructor para liarte. Espero haberte ayudado. Un saludo.
#3-952864
Donde dice "elemento destructor" quise decir "elemento distractor"....el autocorrector...XD
#4-952865
Hmm , de acuerdo. Jajaja , muchas gracias!
#5-952910
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