Los vehículos que se aproximan de frente, circulan por un carril habilitado para circular en sentido contrario al habitual por motivo de obras. ¿A qué vehículos les está permitido utilizarlo como norma general?
a) Sólo a turismos y motocicletas.
b) A todos los vehículos que estén autorizados a circular por la vía en obras en la que esté instalado dicho carril.
c) A todos, excepto a los de masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos
La misma pregunta , que los texts de mi autoescuela la respuesta de todotest es falsa.
Mi profesor de autoescuela me la explico
#1-963237
Por llane
16/05/21, 18:11h
A ver, depende de la interpretación que hagamos de la pregunta, pero dice por norma general, no en este caso de obras. Creo que la trampa está ahí: en que primero te plantea la excepción y luego te pregunta la norma general que no es la excepción.
Con la DGT piensa mal y acertarás. Je, je, lo he podido comprobar...
Por norma general son los turismos y las motos, en caso de obras son todos. En este caso no es la norma general, es una circunstancia puntual, por eso en el texto reglamentario lo añade así: "también podrá habilitar..."
Reglamento:
Artículo 41. Carriles de utilización en sentido contrario al habitual.
1. Cuando las calzadas dispongan de más de un carril de circulación en cada sentido de marcha, la autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar, por razones de fluidez de la circulación, carriles para su utilización en sentido contrario al habitual, debidamente señalizados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 144.
La utilización de los carriles habilitados para la circulación en sentido contrario al habitual queda limitada a las motocicletas y turismos, y está prohibida, por lo tanto, al resto de los vehículos, incluidos los turismos con remolque. Los usuarios de este tipo de carriles circularán siempre, al menos, con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y a una mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado, y no podrán desplazarse lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, ni siquiera para adelantar.
Los conductores de los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguos al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual, tampoco podrán desplazarse lateralmente invadiendo los habilitados para ser utilizados en sentido contrario al habitual; llevarán encendida la luz de corto alcance o cruce, al menos, tanto de día como de noche; y, además, si disponen de un solo carril en su sentido de circulación, lo harán a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y a una mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado, y si disponen de más de un carril en su sentido de circulación, lo harán a las velocidades que se establecen en los artículos 48.1.a).1.ª y 2.a, 49 y 50. Dichos usuarios y conductores pondrán especial cuidado en evitar alterar los elementos de balizamiento permanentes o móviles.
La autoridad titular de la carretera también podrá habilitar carriles para su utilización en sentido contrario al habitual, de acuerdo con el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, con la autoridad autonómica responsable del tráfico, cuando la realización de trabajos en la calzada lo haga necesario, y, en este caso, podrán circular por dichos carriles todos los tipos de vehículos que estén autorizados a circular por la vía en obra, salvo prohibición expresa, en las mismas condiciones establecidas en los párrafos anteriores."
Es mi punto de vista, podría aceptar la B si alguien me convence de que no hay trampa.
#4-963256
Por llane
18/05/21, 23:34h
La pregunta no dice a qué vehículos se les permitir circular en este caso, el de obras, sino por norma general, que hace referencia al uso habitual de este carril habilitado, o sea por motivo de fluidez.
#6-963338