COD: 1C04012
Pregunta:
El Sr. Gades condujo, el mes de octubre, el vehículo matrícula XXX HNN cuya MMA es de 6.000 kg.
En la jornada del jueves, 21 de octubre, realizó las siguientes actividades:
06:00 a 07:40: desplazamiento en autobús para hacerse cargo del vehículo matrícula XXX HNN que no se encuentra ni en el centro de operaciones de la empresa ni en su domicilio. 07:50 a 12:00: conducción del vehículo matrícula XXX HNN. Pausa/descanso. 12:15 a 12:45: lavado del vehículo matrícula XXX HNN y revisión ruedas. Pausa/descanso. 13:00 a 15:00: conducción de una furgoneta de 3.000 kg de MMA. Pausa/descanso. 15:15 a 15:45: conducción del vehículo matrícula XXX HNN. Pausa/descanso. 16:15 a 20:45: conducción del vehículo matrícula XXX HNN.
Durante la jornada del 29 de octubre, efectuó una conducción de 9 horas. Durante dicha jornada descansó 2 horas para comer y tres horas al final de la tarde. Finalmente, al acabar la conducción, realizó un descanso continuado de 8 horas antes de iniciar la jornada siguiente.
Finalmente, el día 30 de octubre, le fue sustraída la cartera con diversa documentación personal, entre ella la tarjeta de conductor.
RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES:
¿Cometió el Sr. Gades alguna infracción del R (CE) 561/2006 en la jornada del 21 de octubre?
¿Respetó, en la jornada del 29, el contenido de la referida norma?
¿Cuál es la fecha límite, según la normativa, para que el Sr. Gades solicite una nueva tarjeta de conductor?
Existe una conducción superior a 4 horas y media sin que se hayan realizado las pausas reglamentarias.
No, hizo menos descanso del reglamentario al hacerlo de 8 horas continuadas.
El 6 de noviembre
De donde vienen los 4 horas i media sin hacer pausas
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