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test permiso B

Test oficiales de la DGT

Últimas preguntas publicadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) este 2023. Es muy importante que hagas estos test. Cuando los apruebes estarás más que preparado para presentarte al examen y aprobar.

Test de examen

Test elaborados con preguntas pertenecientes a todos los temas. Son test como los que puedes encontrar en las autoescuelas.

Test por temas

Cada test contiene preguntas pertenecientes a un solo tema del manual. Es importante que los realices para reforzar los temas que lleves más flojos. Consulta tus resultados de test para saber cuales son.

Registro de fallos

Ninguna pregunta registrada. Te presentamos todas las preguntas que has fallado en los tests del permiso B. De esta forma te podrás centrar exclusivamente en los puntos de la teórica que te fallan.

Información sobre el permiso B

La edad mínima requerida para la obtención del permiso B es de 18 años.

Los vehículos que autoriza a conducir son los siguientes:

Ciclomotores.

Con una antigüedad superior a tres años, se podrán conducir las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1, solo en territorio nacional.

Vehículos para personas de movilidad reducida.

Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos de motor.

Automóviles que no sobrepasen los 3.500 kg de MMA y que no puedan transportar más de 9 personas incluido el conductor. Podrán llevar enganchado un remolque o semirremolque:

que no supere los 750 kg de MMA.

que supere los 750 kg si el conjunto no supera los 3.500 kg de MMA.

de más de 750 kg, si el conjunto supera los 3.500 kg y no sobrepasa los 4.250 kg. Será necesario superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos.

Se podrán conducir dentro del territorio nacional, con una antigüedad superior a dos años, automóviles sin remolque impulsados por combustibles alternativos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg pero que no exceda los 4.250 kg, siempre que la masa que supere los 3.500 kg provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión y siempre que no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo. (Combustibles alternativos: electricidad, hidrógeno, gas natural, gas licuado (GLP), etc.)

Vehículos especiales no agrícolas, o conjuntos de los mismos, cuya velocidad máxima autorizada no exceda los 40 km/h y su MMA no exceda los 3.500 kg.

Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos.