test nº 1

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  • 1. ¿A qué se denomina distancia de frenada?

    a) A la que recorre el vehículo desde que se percibe el peligro hasta que se acciona el pedal del freno.

    b) A la que recorre el vehículo desde que se pisa el freno hasta que se detiene el vehículo.

    c) A la distancia que separa nuestro vehículo del que nos precede.

    d) Todas las respuestas anteriores son incorrectas.

    Código Fomento:12
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 2. ¿A quién afecta la prohibición de arrojar, depositar o abandonar objetos sobre las vías públicas?

    a) Tan solo a los peatones.

    b) A los conductores y otros usuarios de las vías públicas.

    c) Tan solo a los conductores, como usuarios más cualificados de las vías públicas.

    d) A los conductores y pasajeros de los vehículos, pero no a los peatones.

    Código Fomento:16
    Norma:RD 1428/2003, Art. 4.
  • 3. ¿A quién corresponde la vigilancia de los bultos de mano en el interior de un autobús?

    a) Al viajero, exclusivamente.

    b) Al viajero y al conductor, indistintamente.

    c) Al conductor, exclusivamente.

    d) Al transportista.

    Código Fomento:19
    Norma:Ley 16/1987, Art. 23.
  • 4. ¿Cómo puede ser la habilitación de uno o varios carriles para la circulación de vehículos de alta ocupación (VAO)?

    a) Siempre permanente.

    b) Solo temporal, con horario fijo.

    c) Permanente o temporal.

    d) Solo temporal, con horario discontinuo.

    Código Fomento:55
    Norma:RD 1428/2003, Art. 35.2.b.
  • 5. Al efectuar un giro cerrado, ¿a qué voladizos tiene que prestar atención el conductor de un autobús?

    a) A los voladizos laterales del vehículo.

    b) Al voladizo posterior del vehículo solamente.

    c) Al voladizo anterior del vehículo solamente.

    d) A los voladizos anterior y posterior del vehículo.

    Código Fomento:489
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 6. ¿Cómo debe hacerse la asignación de asientos a los niños en un transporte escolar?

    a) Un asiento por niño si es mayor de cinco años.

    b) Un asiento por niño si es mayor de diez años.

    c) Dos asientos por cada tres niños si no superan los ocho años.

    d) Un asiento por niño, en cualquier caso.

    Código Fomento:558
    Norma:RD 443/2001, Art. 4.2.12.
  • 7. La distancia de frenado puede verse afectada por:

    a) la masa del vehículo, la carga que lleve y su colocación.

    b) el estado de los frenos, los amortiguadores y los neumáticos.

    c) las condiciones de la vía.

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

    Código Fomento:596
    Norma:Programa de Intervención, Sensibilización y Reeducación Vial - Manual del formador. Dirección General de Tráfico - INTRAS.
  • 8. Se consideran carreteras las vías construidas para la circulación de vehículos automóviles cuyo dominio:

    a) es privado, compartido por todos los conductores.

    b) es público.

    c) es público, excepto las autopistas, que son de dominio privado.

    d) puede ser tanto público como privado.

    Código Fomento:665
    Norma:Ley 37/2015, Art. 2.2.
  • 9. Como regla general, el transporte regular de uso especial de escolares se prestará con autobuses que no superen una antigüedad de:

    a) diez años.

    b) veinte años.

    c) ocho años.

    d) dieciocho años.

    Código Fomento:792
    Norma:RD 443/2001, Art. 3.1.
  • 10. Un carril de utilización en sentido contrario al habitual, habilitado por razones de fluidez de la circulación, ¿puede ser utilizado por un camión?

    a) No, su utilización está limitada a turismos y motocicletas.

    b) Sí, si la MMA del camión es inferior a 3.500 kg.

    c) Sí, en cualquier caso.

    d) No, por este carril solo pueden circular turismos.

    Código Fomento:813
    Norma:RD 1428/2003, Art. 41.1.
  • 11. El arcén es una franja longitudinal:

    a) afirmada, contigua a la calzada.

    b) no pavimentada, en todo caso.

    c) no asfaltada, en todo caso.

    d) sin afirmar.

    Código Fomento:876
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 61.
  • 12. El cierre a la circulación de una vía no motivado por deficiencias de la infraestructura o la realización de obras deberá ser expresamente autorizado:

    a) por la autoridad responsable de la regulación del tráfico.

    b) por la empresa encargada de la conservación de la vía.

    c) por la autoridad competente en materia de medio ambiente.

    d) por el administrador de la vía.

    Código Fomento:888
    Norma:RD 1428/2003, Art. 37.3.
  • 13. Los vehículos especiales o en régimen de transporte especial que no excedan de las masas y dimensiones establecidas reglamentariamente, ¿podrán circular por autovías y autopistas?

    a) Sí, en cualquier caso.

    b) Sí, cuando puedan desarrollar una velocidad superior a 30 km/hora en llano.

    c) Sí, cuando puedan desarrollar una velocidad superior a 60 km/hora en llano.

    d) Sí, cuando puedan desarrollar una velocidad superior a 50 km/hora en llano.

    Código Fomento:1128
    Norma:RD 1428/2003, Art. 38.3.
  • 14. Para evitar desplazamientos de los pasajeros o de la carga, el conductor utilizará el freno de servicio:

    a) pisando el pedal de freno a fondo.

    b) aumentando la presión progresivamente hasta que el vehículo disminuya lo suficiente la velocidad.

    c) ejerciendo, al inicio de la frenada, una presión fuerte sobre el pedal del freno y manteniéndola hasta que se pare el vehículo.

    d) Solo se debe utilizar el freno de servicio para inmovilizar el vehículo cuando se haya parado.

    Código Fomento:1148
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 15. ¿Cuál es el límite máximo de responsabilidad de los transportistas de viajeros en autocar por los daños o pérdidas que sufran los equipajes de los usuarios a consecuencia de un accidente en un servicio discrecional?

    a) 4,5 euros por kilogramo.

    b) 1.200 euros por pieza.

    c) 450 euros por pieza.

    d) 34,5 euros por kilogramo.

    Código Fomento:1210
    Norma:Ley 16/1987, art. 23; Reglamento Comunitario (UE) 181/2011, art. 2.
  • 16. La franja longitudinal afirmada, contigua a la calzada, no destinada a la circulación de automóviles más que en circunstancias excepcionales, se denomina:

    a) carril.

    b) arcén.

    c) mediana.

    d) lecho de frenado.

    Código Fomento:1531
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 61.
  • 17. El arcén es:

    a) la interrupción en la separación física de dos calzadas para facilitar la comunicación entre ambas.

    b) la franja longitudinal situada entre dos plataformas separadas.

    c) la franja longitudinal, afirmada o no, comprendida entre el borde exterior del arcén y la cuneta.

    d) la banda longitudinal afirmada, contigua a la calzada, no destinada a la circulación de automóviles más que en circunstancias excepcionales.

    Código Fomento:1533
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 61.
  • 18. La zona de la vía destinada a separar las distintas calzadas para cada sentido de circulación, ¿cómo se denomina?

    a) Mediana.

    b) Arcén.

    c) Carril.

    d) Andén.

    Código Fomento:1534
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 66-c.
  • 19. El vehículo que circula por el carril izquierdo de su sentido de circulación dentro de una glorieta, ¿cuándo deberá cambiarse al carril derecho?

    a) Al entrar en la glorieta.

    b) Los vehículos no tienen permitido circular por el carril izquierdo de una glorieta.

    c) Cuando no pretenda adelantar a otros vehículos.

    d) En ningún caso.

    Código Fomento:2067
    Norma:RD 1428/2003, Art. 75.1.b.
  • 20. A efectos de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, una carretera es:

    a) una vía privada o pública pavimentada.

    b) una vía pública pavimentada.

    c) un bien privativo.

    d) no es un bien de ningún tipo.

    Código Fomento:2739
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 65.
  • 21. Como norma general, ¿por dónde deben circular los vehículos?

    a) Por la izquierda.

    b) Por el centro.

    c) Por la derecha.

    d) Por el sitio más cómodo para poder realizar un adelantamiento.

    Código Fomento:2748
    Norma:RD 1428/2003, Art. 29.1.
  • 22. En calzadas con doble sentido de circulación y tres carriles separados por marcas longitudinales discontinuas, ¿cuándo podrá utilizar el carril de la izquierda un vehiculo con MMA superior a 3.500 kg?

    a) Para realizar los adelantamientos precisos.

    b) Para cambiar de dirección hacia la izquierda.

    c) Siempre que lo necesite.

    d) En ningún caso.

    Código Fomento:2749
    Norma:RD 1428/2003, Art. 30.1.b.
  • 23. ¿Cómo puede ser la habilitación o reserva de uno o varios carriles para la circulación de VAO?

    a) Siempre de modo permanente.

    b) Siempre de modo temporal.

    c) Siempre de modo permanente y con horario fijo.

    d) De modo permanente o temporal y con horario fijo o en función del estado de la circulación.

    Código Fomento:2750
    Norma:RD 1428/2003, Art. 35.2.b.
  • 24. Cuando no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, ¿a qué vehículos les está permitido circular por el arcén transitable?

    a) A los vehículos especiales de MMA superior a 3.500 kg.

    b) A vehículos de más de 9 plazas.

    c) A los vehículos para personas con movilidad reducida.

    d) Ningún vehículo puede circular por el arcén.

    Código Fomento:2751
    Norma:RD 1428/2003, Art. 36.1.
  • 25. Los vehículos especiales que excedan de las masas o dimensiones establecidas, ¿podrán circular por autovías y autopistas?

    a) Sí, siempre.

    b) Sí, siempre que puedan desarrollar una velocidad superior a 60 km/h en llano.

    c) Sí, excepcionalmente cuando así se indique en la autorización complementaria de la que deben ir provistos.

    d) No, en ningún caso.

    Código Fomento:2753
    Norma:RD 1428/2003, Art. 38.3.
  • 26. La utilización de los carriles habilitados para la circulación en sentido contrario al habitual por motivos de fluidez queda limitada:

    a) solamente a los motociclistas.

    b) a los turismos con remolque.

    c) a los vehículos de más 9 plazas.

    d) a las motocicletas y turismos.

    Código Fomento:2754
    Norma:RD 1428/2003, Art. 41.1.
  • 27. ¿Cómo puede estar regulada la circulación por carriles reversibles?

    a) Siempre debe estarlo mediante semáforos.

    b) Siempre debe estarlo mediante agentes de tráfico.

    c) Siempre debe estarlo mediante paneles electrónicos.

    d) Puede estarlo mediane semáforos de carril u otros medios.

    Código Fomento:2755
    Norma:RD 1428/2003, Art. 40.1.
  • 28. ¿Podrá usar un turismo con remolque un carril de utilización en sentido contrario al habitual?

    a) Sí, en todo caso.

    b) Solo en caso de que lleve las luces de carretera encendidas.

    c) Solo si lleva las luces de cruce encendidas.

    d) No, cuando dicho carril sea habilitado por motivos de fluidez.

    Código Fomento:2757
    Norma:RD 1428/2003, Art. 41.1.
  • 29. ¿En qué calzadas se podrá habilitar un carril adicional circunstancial?

    a) En las calzadas con sentido único de circulación y sin arcenes, cuando la anchura de la plataforma lo permita.

    b) En las calzadas con sentido único de circulación y arcenes, cuando la anchura de la plataforma lo permita.

    c) En las calzadas con doble sentido de circulación y arcenes, cuando la anchura de la plataforma lo permita.

    d) En las calzadas con doble sentido de circulación y sin arcenes, cuando la anchura de la plataforma lo permita.

    Código Fomento:2759
    Norma:RD 1428/2003, Art. 42.1.
  • 30. Una autopista:

    a) puede permitir el acceso a la misma desde las propiedades colindantes.

    b) debe constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí.

    c) puede cruzar a nivel una línea de ferrocarril, salvo que sea del AVE.

    d) puede cruzar a nivel una línea de tranvía.

    Código Fomento:2903
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 66.
  • 31. ¿Qué característica diferencia a una autopista de una autovía?

    a) Las autopistas son de peaje y las autovías no lo son.

    b) Las autovías son de peaje y las autopistas no lo son.

    c) Las autovías tienen limitados los accesos desde propiedades colindantes mientras que las autopistas los tienen prohibidos.

    d) Las autovías no tienen limitados los accesos mientras que las autopistas sí los tienen.

    Código Fomento:2904
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 66, 67.
  • 32. ¿Qué es una travesía?

    a) Cualquier vía pública situada dentro de poblado.

    b) Es un tramo de carretera que discurre por poblado.

    c) Es la vía que une las carreteras que confluyen en un nudo.

    d) Es el nudo de la red viaria en el que todos los cruces de trayectorias posibles se realizan a nivel.

    Código Fomento:2906
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 71.
  • 33. ¿Qué es una vía urbana?

    a) Es el tramo de carretera que discurre por poblado.

    b) Es la vía que une las carreteras que confluyen en un nudo.

    c) Toda vía pública situada dentro de poblado, excepto las travesías.

    d) Es el nudo de la red viaria en el que todos los cruces de trayectorias posibles se realizan a nivel.

    Código Fomento:2908
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 73.
  • 34. ¿Qué es una intersección?

    a) Cualquier vía pública que dispone de dos plataformas separadas.

    b) Es el nudo de la red viaria en el que todos los cruces de trayectorias posibles se realizan a nivel.

    c) Es el tramo de carretera que discurre por poblado.

    d) Es la vía que une las carreteras que confluyen en un nudo.

    Código Fomento:2909
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 62.
  • 35. ¿Cómo se puede definir la plataforma de una carretera?

    a) Zona de la carretera dedicada al uso de vehículos, formada por la calzada y los arcenes.

    b) Zona de la carretera destinada a la circulación de vehículos.

    c) Tramo en el que se divide una calzada en dos sin establecer prioridades entre ellas.

    d) Tramo en el que dos calzadas convergen en una sin establecer prioridades entre ellas.

    Código Fomento:2910
    Norma:RD Legislativo 6/2015, Anexo I, 54.
  • 36. Cuando se prevean elevadas intensidades de tráfico, ¿a qué vehículos se les puede restringir la circulación en determinados itinerarios?

    a) A los vehículos con una MMA menor de 3.500 kg.

    b) A los camiones con una MMA mayor de 3.500 kg.

    c) A las motocicletas.

    d) A los taxis.

    Código Fomento:2914
    Norma:RD 1428/2003, Art. 39.2.
  • 37. Al efectuar un giro cerrado, se tiene que prestar especial atención a la parte de atrás del autobús para:

    a) evitar que se suba alguien en el vehículo.

    b) comprobar que llevamos el depósito del combustible cerrado.

    c) evitar colisionar con alguna persona o señal.

    d) comprobar que funcionan correctamente las luces traseras.

    Código Fomento:2915
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 38. Conduciendo un autobús, ¿qué acciones se deben realizar para efectuar un giro cerrado?

    a) Señalizar correctamente el giro y abrirse hacia el lado contrario.

    b) Poner las luces de emergencia.

    c) Acelerar bruscamente.

    d) No es necesario realizar ninguna acción de las indicadas en las respuestas anteriores.

    Código Fomento:2916
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 39. Al realizar un giro cerrado, ¿está permitido complementar la señalización correspondiente con una señal realizada con la mano?

    a) No, en ningún caso.

    b) Solamente cuando los intermitentes no funcionen.

    c) Solamente en vías urbanas.

    d) Sí, para evitar riesgos con otros usuarios.

    Código Fomento:2917
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 40. Cuando se tenga que realizar un giro cerrado circulando con un autobús, se deberá:

    a) señalizar correctamente el giro y cerrarse hacia el mismo lado del giro.

    b) observar la presencia de otros vehículos que pretendan adelantar para evitar barrerlos con el voladizo.

    c) observar la presencia de vehículos en la parte delantera.

    d) evitar prestar atención a los voladizos anterior y posterior.

    Código Fomento:2918
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 41. Conduciendo un autobús, ¿en qué momento se deberá estar más atento a los adelantamientos de otros vehículos?

    a) En ningún caso.

    b) Solamente al iniciar un giro cerrado.

    c) Antes y durante la realización de un giro cerrado.

    d) Cuando se ha terminado de realizar un giro cerrado.

    Código Fomento:2919
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 42. Cuando se efectúe un giro con un autobús, ¿a qué voladizos se debe prestar atención?

    a) Al voladizo central.

    b) Solamente al voladizo trasero.

    c) A los voladizos delantero y trasero.

    d) A ninguno.

    Código Fomento:2920
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 43. ¿Para qué sirve señalizar con la mano cuando se va a efectuar un giro cerrado?

    a) Para despistar a los demás usuarios de la vía.

    b) Para avisar de la existencia de un control policial.

    c) Para indicar a los demás usuarios que deben adelantarnos.

    d) Para indicar a los demás usuarios que no deben adelantarnos.

    Código Fomento:2960
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 44. De los siguientes vehículos, ¿cuáles no tienen permitida la utilización de los carriles reservados para vehículos de alta ocupación (VAO)?

    a) Los vehículos de atención sanitaria.

    b) Los vehículos de extinción de incendios.

    c) Los vehículos de recogida de basura.

    d) Los vehículos de mantenimiento de la carretera.

    Código Fomento:3353
    Norma:RD 1428/2003, Art. 35.2.c.
  • 45. ¿Dónde deberá colocarse, normalmente, el distintivo indicador de transporte escolar?

    a) En la parte frontal y en la parte posterior del autobús.

    b) Solamente en la parte frontal del autobús.

    c) Solamente en la parte posterior del autobús.

    d) En cualquier parte del autobús mientras sea visible.

    Código Fomento:3616
    Norma:RD 443/2001, Art. 5.1.
  • 46. Los conductores de vehículos de tracción animal, si no existe arcén transitable, ¿por dónde deberán circular?

    a) Por el carril izquierdo exclusivamente.

    b) Por el arcén no transitable.

    c) Por la parte imprescindible de la calzada.

    d) En ese caso, no podrán circular por esa vía.

    Código Fomento:3719
    Norma:RD 1428/2003, Art. 36.1.
  • 47. El conductor de un vehículo especial con MMA superior a 3.500 kg, ¿por dónde deberá circular con carácter general?

    a) Exclusivamente por el arcén.

    b) Por la calzada.

    c) Exclusivamente por el carril izquierdo de la calzada.

    d) Por cualquiera de los arcenes de la vía.

    Código Fomento:3721
    Norma:RD 1428/2003, Art. 30.1.
  • 48. Para completar la ejecución de un giro cerrado, ¿se puede dar marcha atrás?

    a) En ningún caso porque se provocaría un atasco.

    b) Sí, señalizándolo correctamente.

    c) Sí, sin que sea necesario señalizarlo.

    d) Sí, es obligatorio para realizar giros cerrados.

    Código Fomento:5583
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico.
  • 49. ¿Cómo se debe señalizar el acceso a las vías de circulación giratoria o a las glorietas?

    a) Accionando la luz indicadora de dirección derecha.

    b) Accionando la luz indicadora de dirección izquierda.

    c) Accionando todas las luces indicadoras de dirección a la vez.

    d) El acceso a las glorietas no es necesario señalizarlo.

    Código Fomento:5584
    Norma:Manual de seguridad vial para profesores de formación vial. Dirección General de Tráfico; Glorietas: cómo circular de forma segura. Dirección General de Tráfico.
  • 50. Circulando por el interior de una vía circular o por el de una glorieta, ¿hay que realizar algún tipo de señalización?

    a) Será necesario señalizar un desplazamiento lateral para cambiar de carril.

    b) Sí, con la luz indicadora de dirección derecha, en todo caso.

    c) Sí, con la luz indicadora de dirección izquierda, en todo caso.

    d) Sí, con todas las luces indicadoras de dirección accionadas a la vez.

    Código Fomento:5585
    Norma:RD 1428/2003, Art. 109.2.a.
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