Manual clase B

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Tema 8. Normas de circulación

Tema 8 Normas de circulación

Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales son los encargados de supervigilar el cumplimiento de la Ley de Tránsito, sus reglamentos y las normas de transporte y tránsito terrestre que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las Municipalidades.

Las instrucciones en el tránsito

Si usted domina un idioma tendrá facilidad para comprender y hacerse comprender. Lo mismo ocurre con el tránsito. El lenguaje e instrucciones del tránsito pueden expresarse de cuatro maneras diferentes:

  • Las señales de un Carabinero.
  • Los semáforos.
  • La señalización del tránsito: señales verticales y demarcaciones viales.
  • Las reglas del tránsito.

1. Señales de un carabinero

Cuando existe congestión vehicular, ha ocurrido un accidente de tránsito, o un semáforo no funciona, entre otras razones, es muy probable que Carabineros de Chile regule o dirija el tránsito.

Carabinero visto de frente o espalda: indica detención

Carabinero visto de frente o espalda

Carabinero con el brazo en alto: indica advertencia. Quienes están detenidos deben prepararse para avanzar una vez que el carabinero se ponga de costado y quienes tengan vía libre deben detenerse.

Carabinero con el brazo en alto

Carabinera vista de costado: autoriza para avanzar.

Carabinera vista de costado

Puede que en alguna ocasión usted enfrente más de una instrucción, por ejemplo, la indicación de un carabinero y de un semáforo. En tal caso, las indicaciones dadas por Carabineros de Chile prevalecen sobre las demás.

2. Los semáforos

En los cruces con altos flujos vehiculares se instalan semáforos para regular la circulación de los vehículos y aumentar la seguridad de los mismos. No obstante, en estas intersecciones tienen lugar muchos accidentes de tránsito.

Significado de las luces del semáforo

Luz verde: Indica paso. Los vehículos que la enfrentan pueden continuar en el mismo sentido o virar, a menos que en el lugar una señal de tránsito prohíba algún viraje.

Luz verde del semáforo

Luz roja: Indica detención. Los vehículos que enfrentan luz roja deben detenerse antes de la línea de detención o la línea de detención adelantada, en su caso, y no deberán avanzar hasta que se encienda la luz verde.

Luz roja del semáforo

Luz amarilla: Indica prevención. Los vehículos deben detenerse antes de entrar al cruce, ya que la luz amarilla advierte que la roja aparecerá a continuación. Si la luz amarilla le sorprende tan próximo al cruce que ya no puede detenerse con suficiente seguridad, continúe con precaución.

Luz amarilla del semáforo

Luz roja intermitente: Indica ceda el paso. Los vehículos que enfrenten una luz roja intermitente podrán continuar una vez que verifiquen que no se aproximan vehículos por la otra vía que hagan riesgoso el cruzar.

Luz roja intermitente del semáforo

Luz amarilla intermitente: Advierte peligro. Los vehículos que enfrenten luz amarilla intermitente deberán aproximarse al cruce a una velocidad reducida y continuar con la debida precaución.

Luz amarilla intermitente del semáforo

Luz roja y flecha verde: Los vehículos que enfrenten estas luces podrán entrar cuidadosamente al cruce, pero sólo para continuar en la dirección indicada por la flecha, y deberán respetar a los peatones que estén cruzando, así como a los demás vehículos que estén circulando reglamentariamente.

Luz roja y flecha verde del semáforo

Semáforo con cabezal para ciclistas: Cuando existe una ciclovía, esto es, una senda destinada específicamente a la circulación de ciclistas, los cruces semaforizados pueden tener cabezales especiales para posibilitar el cruce seguro a estos usuarios. Si usted está virando, aun cuando enfrente luz verde, ellos tienen la preferencia.

Semáforo con cabezal para ciclistas

Semáforos peatonales: Los semáforos no sólo son utilizados para regular la circulación de vehículos y peatones en las intersecciones. También suelen instalarse en lugares específicos de algunas vías, con el propósito de permitir a los peatones cruzarlas con seguridad.

Semáforos peatonales Semáforos peatonales

Semáforos con cruces ferroviarios: Existen también lugares donde las calles o caminos se cruzan con las vías férreas. No obstante que todos estos lugares de cruce son particularmente peligrosos, algunos de ellos, dadas sus características de mayor peligrosidad, están provistos de señales luminosas, que se activan automáticamente ante la proximidad de un tren, y que pueden estar acompañadas de señales acústicas y/o barreras.

Semáforos con cruces ferroviarios

A pesar de enfrentar una luz blanca en estos cruces, siempre verifique usted mismo la no cercanía de un tren, deteniéndose para ello antes de cruzar la vía férrea.

Semáforo para el transporte público: En vías donde existen pistas exclusivas para buses pueden utilizarse semáforos especiales para regular el tránsito en los cruces. Estos semáforos afectan sólo a los vehículos que circulan por la pista exclusiva. Los colores de las luces que contienen y su significado no difieren de los de un semáforo tradicional, salvo que el color verde puede ser reemplazado por blanco.

Semáforo para el transporte público

Pista cerrada al tránsito: Una pista puede encontrarse temporalmente cerrada al tránsito, para ello se pueden utilizar señales de mensaje variable ubicadas sobre la calzada. El aspa, roja en general, indica que la pista está cerrada. Una flecha muestra que la vía está abierta al tránsito.

Pista cerrada al tránsito

3. La señalización del tránsito

3.1 Señales verticales

3.1.1 Señales reglamentarias

Señales reglamentarias: Las señales reglamentarias tienen por finalidad notificar a los usuarios de la vía acerca de prioridades, prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones.

Por lo general, estas señales tienen forma circular o rectangular, teniendo los símbolos y/o números inscritos dentro de un círculo u orla roja. Se exceptúan de lo anterior las señales Pare, Ceda el Paso, Fin Restricción, Paso Obligado, Permitido Virar Derecha con Luz Roja, Sólo Bicicletas, entre algunas otras que notifican obligaciones y autorizaciones.

Con frecuencia se piensa que la señal FIN RESTRICCIÓN pone término a una restricción de velocidad. Ello no es así, ya que sólo pone término a la restricción mostrada al interior del círculo. En el ejemplo mostrado, corresponde a “No adelantar”.

Señal FIN RESTRICCIÓN
Señales de prioridad

RPI-1 .Ceda el paso: Indica a los conductores que la enfrenten que deben “ceder el paso” a los vehículos que circulan por la vía a la cual se aproximan, no teniendo necesidad de detenerse si en el flujo vehicular por dicha vía existe un espacio suficiente para cruzarla o para incorporarse a éste con seguridad.

Señal Ceda el paso

RPI-2 .Pare: Su propósito es ordenar a los conductores que detengan complemente su vehículo y que reanuden la marcha sólo cuando puedan hacerlo en condiciones que eliminen totalmente la posibilidad de accidente.

Señal Pare

RPI-3 .Pare niños: Su propósito es obligar al conductor a detener totalmente su vehículo en el lugar donde se encuentra la señal, de modo de permitir el paso seguro de escolares, y a no reanudar su marcha mientras la señal sea mostrada.

Señal Pare niños
Señales de prohibición

RPO-1 .No entrar: Esta señal prohíbe la continuación del movimiento directo del flujo vehicular que la enfrenta, más allá del lugar en que ella se encuentra instalada.

Señal No entrar

RPO-2a .No virar izquierda: Indica al conductor que no puede virar a la izquierda en el sitio donde ella se encuentra.

Señal No virar izquierda

RPO-2b. No virar derecha: Indica al conductor que no puede virar a la derecha en el sitio donde ella se encuentra.

Señal No virar derecha

RPO-2c. No virar en U: Esta señal indica al conductor que no puede virar en U, es decir realizar un giro de aproximadamente 180º.

Señal No virar en U

RPO-3. Prohibido el adelantamiento: indica la prohibición de efectuar la maniobra mediante la cual un vehículo se sitúa delante de otro u otros que le anteceden, ya sea traspasando el eje de la calzada (adelantamiento), o sin traspasar dicho eje (sobrepaso).

Señal Prohibido el adelantamiento

RPO-4. No cambiar de pista: indica a los conductores que no pueden cambiarse de la pista por la cual circulan. Se debe usar ocasionalmente y sólo cuando existan razones justificadas.

Señal No cambiar de pista

RPO-5. Prohibida circulación de vehículos de carga: Esta señal se utiliza para indicar la prohibición de circulación de vehículos de carga. Puede complementarse con una leyenda de manera de indicar el número de ejes, si el caso lo requiere.

Señal Prohibida circulación de vehículos de carga

RPO-6. Prohibida circulación de vehículos motorizados: prohíbe la circulación de vehículos motorizados. Su uso se restringe a áreas peatonales y a vías para vehículos de tracción animal y/o bicicletas.

Señal Prohibida circulación de vehículos motorizados

RPO-7. Prohibida circulación de buses: prohíbe la circulación de buses.

Señal Prohibida circulación de buses

RPO-8. Prohibida circulación de bicicletas: prohíbe la circulación de bicicletas.

Señal Prohibida circulación de bicicletas

RPO-9. Prohibida circulación de motocicletas: prohíbe la circulación de motocicletas o similares.

Señal Prohibida circulación de motocicletas

RPO-10. Prohibida circulación de maquinaria agrícola: prohíbe la circulación de maquinaria agrícola.

Señal Prohibida circulación de maquinaria agrícola

RPO-11. Prohibida circulación de vehículos de tracción animal: para prohíbe la circulación de toda clase de vehículos de tracción animal.

Señal Prohibida circulación de vehículos de tracción animal

RPO-12. Prohibida circulación de carros de mano: prohíbe la circulación de toda clase de vehículos a tracción humana.

Señal Prohibida circulación de carros de mano

RPO-13. Prohibido estacionar: indica la prohibición de estacionar a partir del lugar donde ella se encuentra. La prohibición puede ser limitada a determinados horarios, tipos de vehículo y tramos de vía, debiendo agregarse la leyenda respectiva.

Señal Prohibido estacionar

RPO-14. Prohibido estacionar excepto con credencial: indica la prohibición de estacionar excepto a los usuarios con la credencial que se indique. En este caso con credencial de discapacidad.

Señal Prohibido estacionar excepto con credencial

RPO-15. Prohibido estacionar y detenerse: indica la prohibición de estacionar y/o detenerse a partir del lugar donde ella se encuentra. La prohibición puede ser limitada a determinados horarios, tipos de vehículo y tramos de vía, debiendo agregarse la leyenda respectiva.

Señal Prohibido estacionar y detenerse

RPO-16. No peatones: prohíbe la circulación de peatones.

Señal No peatones

RPO-17. No bloquear cruce: indica la prohibición de quedar detenido dentro de un cruce por cualquier razón.

Señal No bloquear cruce

RPO-18. Silencio: prohibición de hacer uso de aparatos sonoros y/o de generar niveles de ruido elevados por medio de aceleraciones bruscas.

Señal Silencio
Señales de restricción

RR-1. Velocidad máxima: indica la velocidad máxima permitida en un tramo de vía, cuando dicho límite difiere de los establecidos en la Ley de Tránsito.

Señal Velocidad máxima

RR-1a. Velocidad máxima zona 30: Esta señal se usa en las denominadas Zonas de Tránsito Calmado, en este caso, una Zona 30 Km/h, para restringir, la velocidad máxima a 30 Km/h. Análogamente, las señales pueden contener el texto ZONA 20 o ZONA 40 cuando la velocidad esté restringida a estos límites.

Señal Velocidad máxima zona 30

RR-2. Velocidad mínima: establece la velocidad mínima de circulación en una vía e impide que se conduzca un vehículo a una velocidad tan baja que entorpezca el desplazamiento de otros, generando condiciones de riesgo, como ocurre en autopistas, autovías, puentes largos y túneles.

Señal Velocidad mínima

RR-3. Circulación en ambos sentidos: indica a los conductores de vehículos que circulan por una vía de un sentido de tránsito que a partir de ella la vía se transforma en una arteria de dos sentidos.

Señal Circulación en ambos sentidos

RR-4. Peso máximo permitido: restringe la circulación de vehículos cuyo peso total, en toneladas, supere el indicado en ella.

Señal Peso máximo permitido

RR-5. Peso máximo por eje: restringe la circulación de vehículos cuyo peso por eje, en toneladas, supere el indicado en ella.

Señal Peso máximo por eje

RR-6. Altura máxima: restringe la circulación de vehículos cuyo peso total, en toneladas, supere el indicado en ella.

Señal Altura máxima

RR-7. Ancho máximo: señala el ancho máximo que permite cualquier elemento del sistema vial que constituye un impedimento a la circulación de ciertos vehículos.

Señal Ancho máximo

RR-8. Largo máximo: se utiliza para regular la circulación de vehículos de un largo superior a “X” metros. En este caso, 10 metros. Se emplea cuando los anchos de las vías o los radios de curvatura impiden a ciertos vehículos transitar sin afectar la circulación de otros o constituir un factor de riesgo.

Señal Largo máximo

RR-9. Fin prohibición o restricción: indica el término de una prohibición o restricción previamente establecida.

Señal Fin prohibición o restricción

RR-10. Sólo televía o sistema complementario: indica a los conductores que circulen por la pista o vía, según corresponda, que a partir de la indicación de la señal, será obligatorio para el vehículo que transita por ella estar provisto del dispositivo de cobro electrónico denominado TELEVÍA o de otro sistema complementario que se encuentre vigente y cuyo uso fuere debidamente autorizado y aprobado por el Ministerio de Obras Públicas.

Señal Sólo televía o sistema complementario

Se entiende por TELEVÍA: El dispositivo electrónico adosado a un vehículo y que permite su registro al pasar por un punto de peaje, en una pista o vía con cobro electrónico, concesionada o de control de la Dirección de Vialidad y que cumple con los requisitos técnicos y operativos establecidos por el Ministerio de Obras Públicas.

Se entiende por ‘‘Sistema Complementario’’: Cualquier sistema complementario al dispositivo de cobro electrónico TELEVÍA, destinado al pago de peaje en una pista o vía con cobro electrónico, concesionada o de control de la Dirección de Vialidad, que se encuentre vigente y cuyo uso fuere debidamente autorizado y aprobado por el Ministerio de Obras Públicas.

Señales de obligación

RO-1a. Tránsito en un sentido: indica el sentido del tránsito de una vía.

Señal Tránsito en un sentido

RO-1b. Tránsito en ambos sentidos : indica que en una vía el tránsito puede fluir en dos direcciones.

Señal Tránsito en ambos sentidos

RO-1c. Tránsito peatonal: indica la existencia de una vía donde sólo se autoriza la circulación peatonal.

Señal Tránsito peatonal

Mantenga su derecha: indican a los conductores que deben circular por la derecha, a fin de dejar libre la o las pistas de la izquierda para facilitar los adelantamientos o sobrepasos.

Señal Mantenga su derecha Señal Mantenga su derecha

RO-3. Dirección obligada: señala la obligación de circular solo en la dirección y sentido indicado por la flecha.

Señal Dirección obligada

RO-4. Preferencia al sentido contrario: indica a los conductores que los vehículos que circulan en sentido opuesto tienen prioridad.

Señal Preferencia al sentido contrario

RO-5. Tránsito de peatones: indica a los peatones que deben caminar enfrentando el tránsito vehicular. Puede emplear una leyenda, “CAMINE POR SU IZQUIERDA”.

Señal Tránsito de peatones

Paso obligado derecha o izquierda: indica a los conductores que deben continuar circulando por el lado de la calzada indicado por la flecha.

Señal Paso obligado derecha Señal Paso obligado izquierda

RO-6c. Paso vértice: indica la existencia de un vértice de separación de flujos que circulan en un mismo sentido, debiendo los vehículos que circulan por la izquierda continuar por la izquierda y los que circulan por la derecha, por la derecha.

Señal Paso vértice

RO-6d. Minirrotonda: Se utiliza en el acceso a minirrotondas, junto a la señal ceda el paso.

Señal Minirrotonda

RO-7. Control: indica la existencia de un control de cualquier naturaleza, tales como aduanero, fitosanitario, policial, u otro.

Señal Control

RO-8. Uso obligatorio cadenas: indica a los conductores que a partir de ella es obligatorio el uso de cadenas u otro elemento equivalente para los neumáticos del vehículo.

Señal Uso obligatorio cadenas

RO-9. Luces encendidas: indica que aun siendo de día, y habiendo visibilidad suficiente, los vehículos deben circular con luces bajas encendidas, a menos que cuenten con sistemas de luces diurnas (DRL).

Señal Luces encendidas

RO-10. Solo motocicletas: Esta señal tiene aplicación netamente urbana y se usa para indicar la existencia de una pista o vía exclusiva para motocicletas.

Señal Solo motocicletas

Vía segregada buses: Estas señales indican la existencia de una pista o vía exclusiva para buses.

Señal Vía segregada buses Señal Vía segregada buses

RO-12. Solo transporte público: indica la existencia de una vía exclusiva. La señal puede contener también los horarios y días en que rige la disposición.

Señal Solo transporte público

Superficie segregada motorizados: Estas señales indican a los conductores de vehículos motorizados la existencia de una ciclobanda, y que deben circular por el costado de ésta.

Señal Superficie segregada motorizados Señal Superficie segregada motorizados

Preferencia ciclistas al virar derecha o izquierda: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que tiene la intención de virar cruzando una ciclovía, que los ciclistas que circulan por ésta tienen preferencia y que, por lo tanto, debe cederles el paso.

Señal Preferencia ciclistas al virar derecha Señal Preferencia ciclistas al virar izquierda

Preferencia ciclistas al cambiar de pista: Estas señales se utilizan para indicar al conductor de un vehículo motorizado que tiene la intención de cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los ciclistas que circulan por ésta tienen preferencia y que, por lo tanto, debe cederles el paso.

Señal Preferencia ciclistas al cambiar de pista Señal Preferencia ciclistas al cambiar de pista
Señales de autorización

Permitido virar derecha o izquierda con luz roja: Estas señales se emplean para indicar a los conductores que acceden a una intersección controlada con semáforos, que excepcionalmente está permitido el viraje hacia la derecha o izquierda con luz roja, según corresponda, previa detención y dando preferencia a los peatones, y siempre que la maniobra de viraje no genere conflictos con el tránsito lateral.

Señal Permitido virar derecha con luz roja Señal Permitido virar izquierda con luz roja

RA-2. Estacionamiento reservado: indica a los conductores la autorización de un estacionamiento reservado. El estacionamiento reservado puede ser ocupado por cualquier otro vehículo, siempre que su conductor permanezca en él, a fin de retirarlo cuando llegue el vehículo que goza de la reserva.

Señal Estacionamiento reservado

Tema 8. Normas de circulación