Manual A de la DGT

Índice de temas

Tema 3. Maniobras y prioridad de paso

7. Paradas y estacionamiento

ParadaInmovilización voluntaria por tiempo inferior a 2 minutos y sin poder abandonar el vehículo.

EstacionamientoInmovilización voluntaria por tiempo superior a 2 minutos o si abandonamos el vehículo.

DetenciónInmovilización por necesidades de la circulación, para cumplir con algún precepto reglamentario o por emergencia.

Las paradas y estacionamientos deben realizarse:

En las autopistas y autovías, se deberá de parar y estacionar en los lugares señalizados para tal fin.

El conductor de una motocicleta deberá utilizar el chaleco reflectante cuando descienda del vehículo y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana.

Lugares donde se prohíbe parar:

  • a) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel».
  • b) En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
  • c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
  • d) En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
  • e) Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
  • f) En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
  • g) En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
  • h) En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.
  • i) En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
  • j) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones.

Lugares donde se prohíbe estacionar:

  • a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
  • b) En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.
  • c) En zonas señalizadas para carga y descarga.
  • d) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.
  • e) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.
  • f) Delante de los vados señalizados correctamente.
  • g) En doble fila.

8. Marcha atrás

Como norma general está prohibido circular marcha atrás, salvo en los siguientes casos:

  • Cuando no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha. En este caso no existe limitación de recorrido marcha atrás, incluso pudiendo invadir un cruce de vías, de ser necesario.

  • Como maniobra complementaria de la parada, estacionamiento o la incorporación a la circulación. En este caso el recorrido marcha atrás no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías.

9. Estrechamientos

1º Lo que indique la señalización.

Prioridad al sentido contrario
(No tenemos preferencia)

Prioridad respecto al sentido contrario.
(Tenemos preferencia)

2º Si no hay señalización: el que haya entrado primero.

  • En caso de duda de quien ha entrado primero, aplicamos la siguiente lista de preferencia entre vehículos:

  • Si son vehículos del mismo tipo, el que tenga que dar mayor distancia hacia atrás. Si la distancia es igual, pasrá antes el más ancho, largo o con mayor MMA.

En tramos de gran pendiente (inclinación mínima 7%) tendrá preferencia de paso el que circule en sentido ascendente, salvo que pueda llegar antes a un apartadero.

En caso de duda sobre la distancia al apartadero, aplicaremos la lista de preferencia entre vehículos.

Tema 3. Maniobras y prioridad de paso